Qué son las propuestas no solicitadas

En qué consiste este esquema contemplado en la Ley de Asociaciones Público Privadas

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 .  (Foto: iStock)

Las limitaciones presupuestales que atraviesan las economías latinoamericanas han obligado a que las entidades públicas consideren a las Asociaciones Público-Privadas (APP) como una opción viable para lograr la infraestructura que requieren para su crecimiento económico.

Para ello han buscado agilizar la actuación de las APP. Así se contemplan las llamadas propuestas no solicitadas (PNS) que son un recurso que puede presentar una empresa privada para realizar un proyecto de infraestructura a través de una APP.

En México se regulan en la Ley  de Asociaciones Público Privadas en el Capítulo Tercero: De las propuestas no solicitadas; así como en el  Reglamento  de la ley; capítulo tercero.

El artículo 26 de la Ley de Asociaciones Público Privadas prescribe que “cualquier interesado en realizar un proyecto de asociación público-privada podrá presentar su propuesta a la dependencia o entidad federal competente…” 

Asimismo señala que “…para efecto de lo anterior, las dependencias o entidades podrán señalar, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación y en su página en Internet, los sectores, subsectores, ámbitos geográficos, tipo de proyectos y demás elementos de las propuestas que estén dispuestas a recibir. En estos casos, solo se analizarán las propuestas que atiendan los elementos citados.”

Desde el punto de vista jurídico, la figura de la PNS, da derecho al promotor a que la dependencia o entidad analice su propuesta  y la evalúe o en su caso se reembolsen los gastos de los estudios realizados por el promotor.

Para presentar una PNS en México, la empresa debe seguir un proceso que puede tener como resultado una propuesta procedente o no:

1.  Justificación y conceptualización. Los interesados podrán solicitar una manifestación de interés ante la entidad pública

2.  Manifestación de interés. Se emite sin compromiso alguno

3. Presentación. Se presenta el proyecto y estudios

4. Análisis y evaluación. Dura tres meses y la entidad gubernamental podrá requerir información adicional

5. Opinión de Viabilidad. Se notifica al promotor si procedente o improcedente

En caso de considerarse improcedente, el particular pierde los estudios presentados con sus respectivos costo, adicionalmente del otorgamiento de toda la información relativa del proyecto.

En México las PNS a nivel federal no  han causado un gran interés. El caso más reciente con uso de esta figura es el hospital general en Tapachula, Chiapas.