Reparación integral de violaciones a DDHH

La víctima de violación de derechos humanos podrá acudir a la instancia de su preferencia y esta estará obligada a atenderla

.
 .  (Foto: iStock)

La Comisión Ejecutiva de Víctimas (CEV) que fue creada por la Ley General de Víctimas (LGV), no genera un conflicto de competencia al momento de determinar el monto de compensación que se otorgará al afectado por concepto de reparación integral del daño, ya que el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, funge como complementario de las indemnizaciones que se otorgan.

De esta manera, se afirma que la reparación prevista en la citada LGV, no es la única vía de indemnización contemplada en el sistema jurídico mexicano, es por ello que el Pleno de la CEV, no es la única autoridad facultada para fijar los montos de reparación del daño por violación de los derechos humanos o como resultado de la comisión de un delito.

El artículo 11 del reglamento de la LGV señala que aunque la víctima acudiera a una instancia distinta a la CEV, se tendrán que valorar las medidas que esta hubiere tomado como primer contacto, además realizará las vinculaciones correspondientes y requerirá las complementarias, así como brindará la atención y protección que se requiera.

Así lo ha corroborado la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al emitir el criterio de rubro: COMPENSACIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS. AUTORIDAD COMPETENTE PARA DETERMINAR SU MONTO POR CONCEPTO DE REPARACIÓN DEL DAÑO, visible en el Semanario Judicial de la Federación. Décima Época. Materia Cosntitucional Administrativa. Tesis 2a. XCVI/2017. Tesis aislada. 16 de Junio de 2017 10:22 h

Sin perjuicio de lo señalado, se advierte que la CEV no emite condena sobre la autoridad que ejerció la violación, ni prejuzgará sobre la responsabilidad que le fuere atribuida.

Únicamente hace un anuncio del pago que habrá de hacerse para resarcir el daño y para que se inicien los procedimientos a que se tenga lugar, ya que su función es complementaria y armónica con respecto a lo determinado mediante otros mecanismos.