Estatuto de la Secretaría Ejecutiva Anticorrupción

Se dieron a conocer medidas para la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción

(Foto: Senado)
 (Foto: Senado)  (Foto: Redacción)

Se dio a conocer en el DOF de este 21 de julio de 2017, en seguimiento a las acciones contenidas en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA),  el estatuto por el que se crea la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA), el cual es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, con sede y domicilio legal en la Ciudad de México.

Este documento tiene por objeto establecer las bases de organización, así como la estructura y las facultades de las unidades administrativas que la integrarían. 

Igualmente, contiene su objetivo, que es fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, a efectos de proveerle asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones establecidas en la fracción III del artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la LGSNA.

Para llevar a cabo las funciones necesarias, se contempla la siguiente estructura orgánica:

  • Órgano de Gobierno
  • Comisión Ejecutiva
  • Secretario Técnico
  • Unidades de Riesgos y Política Pública y de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital Nacional
  • Direcciones Generales de Administración, de Asuntos Jurídicos y de Vinculación Interinstitucional, y
  • las demás unidades administrativas y personales que autorice el Órgano de Gobierno a propuesta del Secretario Técnico, sujeto a la capacidad presupuestal la Secretaría Ejecutiva

  La SESNA por medio de sus unidades administrativas dará cumplimiento a las obligaciones de transparencia contenidos en la ley de la materia, así como lo relativo a la protección de datos personales.

El Órgano de Gobierno se conformará por los siguientes:

  • un representante del Comité de Participación Ciudadana, quien lo presidirá
  • titular de la Auditoría Superior de la Federación
  • titular de la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción
  • titular de la Secretaría de la Función Pública
  • un representante del Consejo de la Judicatura Federal
  • el presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y
  • el Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Con la finalidad de agilizar su operación, cada uno de los integrantes nombrará a un servidor público que funja como enlace permanente con la SESNA.

Para el desahogo de los diversos asuntos que serán de su competencia, se celebrarán por lo menos cuatro sesiones ordinarias por año, ademas de las extraordinarias que se consideren convenientes para el desahogo de los asuntos de su competencia y se contará con un Secretario General facultado para diferentes funciones, contenidas en el numeral 18 del estatuto.

Finalmente, cabe mencionar entrará en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el día 22 de julio de 2017.

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