CDMX endurece reglas de transporte

Se publicó el Reglamento de la Ley de Movilidad con nuevos requisitos y sanciones más estrictas

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 .  (Foto: iStock)

El 15 de septiembre se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México un decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal (RLMDF), el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Este nuevo ordenamiento abroga el Reglamento de Transporte del DF y el Reglamento para el Control Vehicular y de Licencias y Permisos para Conducir en el DF.

Destaca del nuevo ordenamiento reglas más estrictas para los servicios de transporte privado de pasajeros que funcionan por medio de aplicaciones (ej. Uber y Cabify) y prohibe que se lleven a cabo viajes de varios pasajeros para distintas rutas en un mismo vehículo.

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Se incluyó en el capítulo I sobre las Modalidades de servicio de transporte de pasajeros normas a las que a partir de este momento deberán sujetarse los operadores de este servicio de transporte privado de pasajeros, entre las que resalta tener una constancia de registRo que emite la Secretaría de Movilidad (Semovi).

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En su numeral 58, este reglamento prevé que para obtener el registro es indispensable requisitar y remitir la solicitud vía Internet en el portal que determine la Semovi  y cumplir varios requisitos entre ellos:

  • proporcionar para cotejo el acta constitutiva de la empresa legalmente constituida en México con cláusula de admisión deextranjeros en su caso, misma que deberá contener como parte de su objeto social el desarrollo de programas de cómputo o la prestación de servicios tecnológicos de su propiedad, subsidiarias o filiales que sirva como intermediación entre particulares
  •  nombre e identificación del representante legal, su domicilio, número telefónico y correo electrónico
  •  RFC
  • nombre, abreviatura y derivaciones de la aplicación
  • información del funcionamiento de la aplicación
  • leer y aceptar el convenio para la aportación de 1.5 % por cada viaje efectuado al Fondo para el Taxi, Movilidad y el Peatón, así como los términos de confidencialidad

El fondo citado es un fideicomiso creado el año pasado para los usuarios de los taxis y al que empresas como Uber aportó 70 millones de pesos como pago retroactivo.

Se incorporaron restricciones sobre el tipo de vehículo que pueden usar el servicio como lo son:

  • tener una matrícula de la CDMX
  • pólizas de seguro que incluya pasajeros, peatones e infraestructura, verificación ambiental cero o doble cero
  • que sean vehículos de valor factura superior a 200 mil pesos
  • contar con cinturones de seguridad para todos los pasajeros, y
  • cuatro puertas, bolsas de aire, radio

Los conductores deberán presentar el folio de la licencia y portar identificación en el interior que sea visible para los pasajeros, siendo un requisito similar al que ya tienen los taxistas.

Habrá sanciones para quienes no acaten el contenido de la nueva reglamentación, ya que serán acreedores a la multa prevista en el artículo 258 de la Ley de Movilidad que establece cinco mil 570 pesos y ocho mil 482 por transportación ilegal de pasajeros.