Ley de Seguridad Interior, ¿violenta derechos humanos?

El INAI refirió que esta normativa transgrede los principios de máxima publicidad, de temporalidad en la reserva y de progresividad, mismos que forjan un derecho humano

.
 .  (Foto: iStock)

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) consideró que el artículo 9° del dictamen por el que se expide la Ley de Seguridad Interior, contraviene el artículo 6º de la Constitución sobre el principio de máxima publicidad.

SAT SIN IDENTIFICAR FACTURAS DE GASOLINA ROBADA: INAI

En un comunicado, el organismo explicó que “el artículo 9° del dictamen de Ley de Seguridad Interior transgrede los principios de máxima publicidad, de temporalidad en la reserva y de progresividad, los cuales deben imperar para el ejercicio del derecho humano”.

Además, la legislación señala que “la información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de la ley de la materia, y clasificada de conformidad con ésta y las disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información”.

No obstante, ello es contrario al principio de máxima publicidad el cual establece “que por regla general, toda la información en posesión de cualquier autoridad es pública y solo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, acreditando los extremos de la prueba de daño”, por lo que lo establecido en la nueva normativa implicó la restricción -sin análisis alguno- del acceso a la información, ya que atiende a la seguridad nacional como una de las excepciones a este derecho.

Asimismo, el dictamen de Ley atenta contra el principio de temporalidad para la clasificación de información, debido a que el artículo 106 de la Ley General de Transparencia prevé los momentos específicos en que podrá ser clasificada; mientras que en el artículo 108 establece que “la reserva de datos se realizará conforme a un análisis caso por caso, mediante la aplicación de una prueba de daño, y que en ningún caso se podrán clasificar documentos antes de que se generen”.

Aunado a lo anterior, el INAI detectó que el dictamen de Ley contiene conceptos que podrían considerarse ambiguos o imprecisos tal como las “acciones de seguridad interior” o las “acciones de orden interno”.

Finalmente, el organismo señaló que sería deseable “que se brinde la oportunidad de dialogar, de discutir estos puntos, para enriquecer el dictamen con las mejores ideas que se puedan generar por parte de académicos, organizaciones de la sociedad civil y especialistas”.