Formalidades para cambio de objeto social

Detalles sobre los puntos que se tratan en las asambleas extraordinarias

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 .  (Foto: Getty)

Es muy común que personas que forman parte de una empresa (SA de CV) deseen cambiar su objeto social, y se pregunten ¿cómo deben darle formalidad a esta operación?.

El ordenamiento encargado de regular lo relacionado con las sociedades mercantiles es la Ley General de Sociedades Mercantiles, la que en su artículo 182 señala los temas a tratar en las asambleas extraordinarias, las cuales son la vía necesaria para dar formalidad no solo al cambio de objeto social de una sociedad, sino a las siguientes decisiones:

  • prórroga de la duración de la sociedad
  • disolución anticipada de la sociedad
  • aumento o reducción del capital social
  • cambio de nacionalidad de la sociedad
  • transformación de la sociedad
  • fusión con otra sociedad
  • emisión de acciones privilegiadas
  • amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce
  • emisión de bonos
  • cualquiera otra modificación del contrato social, y
  • los demás asuntos para los que la LGSM o el contrato social exija un quórum especial

Es importante mencionar que dichas asambleas se pueden realizar en cualquier momento, y una vez llevadas a cabo, se deben protocolizar para obtener los efectos necesarios ante terceros.

Como puede observarse estas asambleas se celebran siempre que se pretenda modificar el contrato social o alguna de sus partes,  o en su caso, cuando la propia escritura constitutiva fije un quórum especial para la adopción de alguna resolución.