Fintech deberán pedir licencia de operación
Las empresas especializadas en tecnología financiera tendrán que cumplir requisitos para su operación
Corporativo
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores comunicó que las empresas especializadas en tecnología financiera (fintech) deberán solicitar su licencia de operación en septiembre, ya que de no hacerlo serán catalogadas como entidades que operan fuera de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech).
LEE: BREVE APROXIMACIÓN A LA “LEY FINTECH”
Así lo informó la CNBV mediante un comunicado de fecha 4 de julio, donde expone que a raíz de la publicación de la Ley Fintech, se regularon nuevas actividades financieras para cuya realización necesita autorización de las autoridades financieras.
Para ello, señala dos tipos de instituciones de tecnología financiera (ITF), de:
- fondos de pago electrónico, y
- financiamiento colectivo
Conforme a los artículos tercero y séptimo transitorios de la Ley Fintech, la CNBV contará con plazos de seis, 12 y 24 meses para emitir disposiciones de carácter general que serán aplicables a las ITF.
La CNBV especifica que el desarrollo de estas disposiciones se lleva a cabo en colaboración con otras autoridades y con los gremios participantes en dichas actividades, para que la regulación fomente la viabilidad del negocio.
Posterior a la publicación de las primeras disposiciones de carácter general en septiembre próximo, las sociedades interesadas en efectuar alguna de las actividades contempladas en la Ley Fintech, podrán acudir a la Comisión para solicitar autorización para operar.
Aquellos que ya realizaban dichas actividades, previo a la publicación de la citada norma, se mantienen en operación y estarán constreñidas a solicitar autorización en un plazo no mayor a 12 meses, a partir de la entrada en vigor de las disposiciones indicadas.
Por lo anterior es que habrá que estar al pendiente de lo que de a conocer la CNBV en próximas fechas en este campo.