Corte debate de nuevo acceso a información bancaria sin orden judicial
Los ministros avalaron que PGR pueda obtener datos sin autorización judicial
Corporativo
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto de resolución del amparo directo en revisión 1762/2018 en donde se planteaba la inconstitucionalidad de la fracción I del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, porque la mayoría de los integrantes consideró que este precepto no vulnera el derecho a la vida privada ni la protección de los datos personales.
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El proyecto sustentaba que el actuar del Ministerio Público era violatorio al no requerirse ninguna autorización para pedir información en procesos de investigación. Sin embargo, seis ministros votaron en contra de la propuesta.
Hace un año la Primera Sala de la SCJN determinó por mayoría de cuatro votos declarar inconstitucional el precepto porque otorgaba facultades consideradas como excesivas a la autoridad. El derecho a la privacidad se veía afectado y se violentaba la secrecía de la información.
Este tema también ha sido tratado en la Segunda Sala y por ello se decidió discutirse en el Pleno para poder definir finalmente su constitucionalidad. Ante el rechazo de la mayoría, el asunto será turnado a uno de los seis ministros de la mayoría para que elabore el proyecto y sea presentado de nueva cuenta y si se emita algún criterio al respecto.
Habrá que estar al pendiente respecto a quién de los ministros elaborará ese proyecto y la conformación del Pleno porque la próxima vez que sea presentado se tendrá a un nuevo integrante, toda vez que este fue el último asunto presentado por el Ministro José Ramón Cossío.