SRL y SA ¿dicen adiós al anonimato?

Desde el 15 de diciembre estas sociedades deben publicar en el PSM su tenencia accionaria y participación social

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 .  (Foto: iStock)


El 15 de diciembre entró en vigor el decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), publicado en el DOF el 14 de junio de 2018; el cual contempla que las sociedades de responsabilidad limitada y las anónimas de publicitar la inscripción y transferencia de las partes sociales y acciones en el Sistema Electrónico de Publicaciones Mercantiles (PSM) de la Secretaría de Economía (SE).

LEE: INCUMPLIMIENTO DE PUBLICACIONES MERCANTILES

De acuerdo con los nuevos preceptos 73 y 129 de la LGSM, el libro que tienen que llevar estas sociedades debe contener lo siguiente:

Sociedad de responsabilidad limitada

Sociedad anónima

  • Nombre y domicilio del socio
  • indicación de las aportaciones, y
  • transmisiones de que realicen
  • Nombre, nacionalidad y domicilio del accionista
  • indicación de las acciones que le pertenezcan y las exhibiciones que efectúe, y
  • transmisiones que se realicen

La plataforma ya está disponible para la presentación de avisos. Sin embargo, presenta ciertas irregularidades por lo que es vital ingresar al apartado correcto, que es:  Aviso de inscripción en el libro especial de los socios o en el registro de acciones con la estructura accionaria vigente, ya que si se ingresa al apartado de publicaciones y de avisos de inscripción puede que la información de las SA y SRL se mezcle con los avisos que presentan las Sociedades por Acciones Simplificadas; y la información esté disponible para cualquier usuario, por lo que se pierde la confidencialidad de la misma.