Diputados avalan guardia nacional

El documento fue enviado a la Cámara de Senadores para su análisis y eventual aprobación

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

Con 348 votos a favor, 108 en contra y 10 abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las reformas a diversos artículos constitucionales por los que se crea la Guardia Nacional.

El dictamen registró modificaciones con respecto al aprobado en diciembre pasado por la Comisión de Puntos Constitucionales a propuesta de la Junta de Coordinación Política y derivado de las audiencias que se celebraron la semana pasada.

¿Qué se aprobó?

Legisladores modificaron la adscripción de la nueva institución de seguridad pública, que anteriormente se pretendía estuviera a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y que ahora, se estipula, su dirección será de carácter civil.

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No obstante, se establece que la Guardia Nacional tendrá dentro de su estructura orgánica una Junta de Jefes de Estado Mayor, que estará conformada por personal de la Secretaría de Seguridad Pública y por personal militar perteneciente a la Sedena y la Marina.

Este órgano se precisa que tendrá una posición jerárquica inferior a la dirección de la Guardia Nacional.

En el dictamen se indica también, a través de una reforma al Artículo 21 constitucional, que la Guardia Nacional tendrá un régimen homologado al de las Fuerzas Armadas en lo que concierne a su estructura jerárquica, disciplina, prestaciones, ingreso, profesionalización y cumplimiento de responsabilidades y tareas, lo cual correrá a cargo de la Sedena.

En este tenor, en el dictamen se reconoce el riesgo “en uno u otro grado” de que los elementos castrenses cometan violaciones a los derechos humanos en sus funciones de seguridad pública, mismo riesgo que se podrá atenuar —se acota— con la integración de efectivos policiales y la disminución paulatina de los elementos castrenses que se propone.

Se especificó en el artículo primero transitorio del dictamen que una vez que entren en vigor las reformas planteadas se dan 90 días para que el Congreso de la Unión expida la Ley de la Guardia Nacional; en el primer dictamen generado se daban 60 días.

Además de que se dan 120 días para que el mismo Legislativo expida la ley reglamentaria del uso de la fuerza y una ley para generar un registro nacional de detenciones. Este último sistema se integró como parte de las conclusiones de las audiencias que se llevaron a cabo.

En el artículo sexto transitorio del dictamen se estipula también que tres años después de que entren en vigor las reformas constitucionales y, por ende, la Guardia Nacional, el Ejecutivo federal deberá presentar, a través de la Secretaría de Seguridad Pública, un plan para reestructurar de manera orgánica y funcional las instituciones de seguridad pública civiles “bajo un esquema calendarizado para que reasuman el ejercicio de su función, de manera gradual y continua”.

“Durante los 30 días siguientes al segundo año a partir de la entrada en vigor de este decreto, el Ejecutivo federal enviará a ambas cámaras del Congreso de la Unión una evaluación integral del programa al que se refiere el párrafo anterior”, se indicó.

Destaca también la eliminación de la facultad que se le pretendía otorgar al Poder Legislativo para poder disolver a la Guardia si así se necesitara.

“Esta disposición perdió sentido al establecer claramente el carácter de la Guardia Nacional como institución policial, por lo que no es deseable que exista una facultad de esa naturaleza para un cuerpo que está prestando el servicio de seguridad pública en la Federación”, se asentó en el dictamen.

Con información de El Economista, Notimex y Cámara de Diputados