¿Qué avisos deben presentar las sociedades y personas extranjeras?

Cuando se omita cumplir con la presentación de estos avisos o se haga de forma extemporánea, la Secretaría de Economía podrá imponer una multa de 30 a 100 UMA’s diarias

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 .  (Foto: iStock)

Los artículos 32 de la Ley de Inversión Extranjera (LIE) y 31 de su Reglamento (RLIE), señalan que los extranjeros que inviertan de forma directa o indirecta en el país, deberán inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE). Para una mejor identificación de los sujetos obligados, la legislación los clasifica en diferentes secciones, tal y como se muestra a continuación:

 

Sección

Sujeto obligado


I
  • personas físicas y morales extranjeras, o
  • mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y tengan su domicilio fuera del territorio nacional

II

Sociedades mexicanas en las que participen, incluso a través de fideicomiso:

  •  inversión extranjera
  • mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional, e
  • inversión neutra

III

Fideicomisos de acciones o partes sociales, de bienes inmuebles o de inversión neutra, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de:

  • la inversión extranjera, o
  • de mexicanos de posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional

 

Aviso trimestral

El precepto 38 del RLIE, establece que los sujetos obligados deberán reportar al RNIE, las modificaciones a su denominación, domicilio fiscal o variaciones a su capital a través del trámite denominado “aviso trimestral”. En seguida se detallan los supuestos en que deberá informarse a la autoridad, de acuerdo con cada sección:

 

Supuesto

Sección

Modificación en:

  • nombre, domicilio o razón social
  • domicilio fiscal, o
  • actividad económica

I y II

Variaciones superiores a 20 millones de pesos en alguna de las siguientes cuentas:

  • activo o pasivo: cuentas por cobrar o pagar a residentes en el exterior que formen parte del mismo grupo corporativo, o
  • capital contable: aportaciones a la matriz o reservas de capital o resultado de ejercicios anteriores

I

Variaciones superiores a 20 millones de pesos en alguna de las siguientes cuentas:

  • capital social y/o estructura  accionaria
    activo o pasivo: cuentas por cobrar o pagar a subsidiarias, accionistas o empresas que formen parte de la misma corporación en el exterior, o
  • capital contable: aportaciones para futuros aumentos de capital o reservas de capital social o resultado de ejercicio anteriores

II

Fecha de presentación 

La actualización de la información deberá realizarse de forma trimestral por los periodos comprendidos de enero a marzo, abril a junio, julio a septiembre y octubre a diciembre y el aviso correspondiente se presentará dentro de los 10 días hábiles siguientes al final de cada trimestre.

Informe económico anual

Conforme al numeral 43 del RLIE, las personas que estén dentro de la sección I y  II deben renovar anualmente su inscripción en el RNIE presentando su información financiera, siempre que durante el ejercicio hayan tenido en las cuentas de activo o pasivo total y de ingresos o egresos en el país y extranjero, un importe mayor a 110 millones de pesos, según lo indica la Resolución General por la que se fijan los montos relativos a la actualización de la información y renovación de constancia de inscripción ante el RNIE a que se refieren los numerales 38, 41, 43 y 50 del RLIE y del RNIE.

Fecha de presentación

La  fecha para cumplir con este aviso dependerá de la letra con la cual inicia el nombre, denominación o razón social del sujeto obligado. A continuación la clasificación para saber los meses de presentación:

  • “A”  a la “J”: durante abril
  • “K” a “Z” o si la denominación inicia con número: durante mayo

Sanciones

De acuerdo con el numeral 38, fracción IV de la LIE, cuando se omita cumplir con la presentación de estos avisos o se haga de forma extemporánea, la Secretaría de Economía podrá imponer una multa de 30 a 100 UMA’s diarias (2,534.7 a 8, 449 pesos para 2019).