Acceso a la información inaplicable en comunicaciones privadas

La Corte expuso sus consideraciones respecto a este tema que genera polémica

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 .  (Foto: iStock)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la contradicción de tesis 56/2018 se pronunció acerca de la constitucionalidad de Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Jalisco.

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Al respecto, en la misma línea que otras resoluciones, reiteró que la información producto de una intervención de comunicaciones privadas tendrá el carácter de reservada y por tanto las autoridades no pueden suministrarlas a los particulares.

Sin embargo, determinó que es inconstitucional que se dé el carácter de reservado a la información, que implique la revelación de normas, procedimientos, métodos, sistemas, tecnología o equipo para la prevención o combate a la delincuencia.