Recientemente fuimos objeto de una visita por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor, derivado de la cual se colocaron sellos de suspensión en el establecimiento. Al día siguiente uno de los empleados quitó dichos sellos y operó el negocio de forma habitual, por lo que tememos a que podamos tener alguna repercusión legal
Podría asesorarnos al respecto
El quebrantamiento de sellos puestos por orden de una autoridad competente es un delito previsto en el Código Penal Federal, que de acuerdo con su artículo 187 amerita una condena de 30 a 80 horas de trabajo a favor de la comunidad.
Además, conforme al numeral 188, cuando el quebrantamiento fuera de común acuerdo —como en el presente caso— además de la sanción anterior, deberán pagar una multa de 20 a 200 pesos.