Donación de maquinaria, ¿protocolizable?

Si su monto sobrepasa los $200.00 pero no los $5,000.00 la donación será por escrito

Queremos donar diversa maquinaria para empaque y envasado a otra compañía de nuestro mismo grupo empresarial

tenemos que celebrar un contrato y, en su caso, protocolizarlo



La forma de los actos jurídicos dependerá de la normativa del lugar en que se celebren; por ejemplo, tratándose de la Cuidad de México, los artículos 2341 a 2344 del Código Civil para el Distrito Federal indican que si el valor de los bienes muebles no excede de $200.00 la donación podrá ser verbal.

Si su monto sobrepasa los $200.00 pero no los $5,000.00 la donación será por escrito, y si supera este monto forzosamente tendrá que elevarse a escritura publica.

De no observarse estos requisitos, el acuerdo no será vinculativo para las partes ni podrá oponerse a terceros ni a autoridades, pues se trata de un acto con vicios de forma que no produce efectos legales hasta en tanto no se satisfagan las formalidades.