Incendio de inmueble arrendado ¿quién es el responsable?
Reglas para determinar la responsabilidad civil
Corporativo
Nadie está exento de sufrir un incendio, desafortunadamente, este tipo de siniestros son más frecuentes de lo que se piensa, sobre todo dentro de una vivienda.
Un incendio en sí es bastante devastador por las pérdidas humanas y materiales que ocasiona; sin embargo, cuando el inmueble de que se trata es arrendado, esto se vuelve más dramático. Por ello es importante conocer quién es el responsable de la situación y qué prevé la legislación ante estos casos.
Conforme con los artículos 2435 al 2439 del Código Civil para el Distrito Federal (CDMX), en una primera instancia se presume que el arrendatario es el responsable del incendio, quedando obligado a cubrir los daños materiales y perjuicios se cause, al menos que se demuestre que provino de caso fortuito, fuerza mayor o vicio de construcción.
Asimismo, el inquilino no responderá del incendio que se haya comunicado de otra parte, si tomó las precauciones necesarias para evitar que el fuego se propagara.
Cuando son varios los arrendatarios y no se determina dónde comenzó el incendio, todos serán responsables proporcionalmente en relación con los daños materiales y perjuicios que se causen y de la responsabilidad civil que se genere; y si el arrendador ocupa parte del inmueble, también responderá proporcionalmente, pero si alguno demuestra que el fuego no comenzó en la parte que ocupa, quedará libre de responsabilidad.
Se destaca que la responsabilidad en estos casos no solo comprende el pago de los daños y perjuicios sufridos por el propietario, sino también el de los que se hayan causado a otras personas, siempre que provengan directamente del incendio.
Ante estas circunstancias es mejor prevenir que lamentar; por tanto, lo más recomendable es contratar un seguro de inmuebles con cobertura incendios, para proteger al bien de una catástrofe.