Termina plazo para la presentación de la DISIF

Verifica el llenado de esta informativa a través del manual que dio a conocer el SAT en su página de Internet

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 .  (Foto: iStock, Redacción)

Los contribuyentes que ubiquen en los siguientes supuestos deben presentar ante las autoridades fiscales, como parte de la declaración del ejercicio, la información sobre su situación fiscal:

  •  sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades en los términos del Capítulo VI, Título II de la LISR
  • entidades paraestatales de la administración pública federal
  • personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos
  • personas morales residentes en México, respecto de las operaciones efectuadas con residentes en el extranjero. Quienes estén en este supuesto podrán optar por no presentar la información cuando el importe total de sus operaciones con residentes en el extranjero en el ejercicio fiscal sea inferior a 30 treinta millones de pesos (regla 2.20.4., RMISC2017), y
  • quienes tributen en términos del Régimen de actividad empresarial del Título II de la LISR, y que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hubiesen consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para ISR iguales o superiores a 644 millones 599 mil cinco pesos ($644,599,005.00), así como aquellos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otra hipótesis señalado en esta nota

La fecha para cumplir con este deber fiscal es a más tardar el 30 de junio de 2017; sin embargo, por disposición del artículo 12 del CFF, cuando el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva sea viernes, se prorroga el plazo hasta el siguiente día hábil, por ello en esta ocasión se recorre al lunes 3 de julio de 2017 como fecha límite para la presentación de la declaración informativa sobre situación fiscal (DISIF).

Para cumplir con esta obligación los contribuyentes deben:

Para proporcionar adecuadamente esta información, el SAT dio a conocer a través de su página de Internet el Instructivo para la integración y presentación de la declaración informativa sobre situación fiscal, por el ejercicio fiscal del 2016, utilizando el sistema de presentación de la declaración informativa sobre situación fiscal 2016 DISIF (32h-cff).

Los sujetos obligados pueden conocer el estatus del envío de la DISIF desde su dispositivo móvil

Por último es importante precisar, que se actualizó la versión de plantilla de la DISIF correspondiente al ejercicio 2016 de Grupos Financieros, la 2; por ende, si los contribuyentes generaron un documento con la plantilla versión 1 y tenían capturada información, deberán copiar y pegar en la nueva plantilla versión 2.