Confirmación en el CFDI

Supuestos en que se tiene que llenar este campo condicional en los comprobantes fiscales

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El anexo 20 es un documento técnico que especifica la estructura, forma, sintaxis e integración de manera organizada de la información que debe contener todo CFDI (XML).

El pasado 1o. de julio entró en vigor el CFDI versión 3.3., cuyo uso será exigible a partir del 1o. de diciembre próximo, lo que implica que de julio a noviembre el empleo de esta versión es opcional para los contribuyentes (arts. Tercero y Cuarto, Segunda Modificación RMISC2017).

Uno de los campos que se tiene que llenar en esta nueva versión es la “Confirmación”, el cual es un atributo condicional, en donde se registrará el código que entregue el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) al contribuyente para la captura del CFDI, cuyo importe rebase de los siguientes montos:


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 .  (Foto: IDC online)

La confirmación también será requerida en la facturación cuando exista una variación –superior o inferior- en los rangos del tipo de cambio (fuera del porcentaje aplicable a la moneda), esto con la finalidad de ratificar que el valor plasmado sea correcto.

Esta variación se obtendrá multiplicando para:

Límite superior

El valor publicado del tipo de cambio por la suma de uno más el porcentaje aplicable a la moneda tomado del catálogo “Moneda”

Límite inferior

El valor publicado del tipo de cambio por la suma de uno menos el porcentaje aplicable a la moneda tomado del catálogo “Moneda”. Si este límite fuera negativo se toma cero