¿Cuál versión de CFDI hay que utilizar?

A partir del próximo 1o. diciembre todas las operaciones deberán facturarse con la versión 3.3 del CFDI, incluso aquellas que impliquen solo un cambio

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 .  (Foto: Getty)

Si bien el CFDI ha adquirido una enorme importancia en los procedimientos fiscales, en especial para acreditar la existencia de un ingreso o de una deducción, también lo es que no se rige por las reglas de determinación de contribuciones, porque las  normas que lo regulan entran dentro de la categoría de las llamadas de normas de procedimiento.

Esta distinción que parece no significativa, adquiere enorme importancia en el ejercicio 2017, en el que han estado vigentes  diferentes complementos, incluso se ha permitido la convivencia de diferentes versiones.

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De acuerdo con el artículo 6o. del CFF “las contribuciones se causan conforme  a  las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero le serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad”. 

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Las normas de procedimiento constituyen reglas de actuación o serie de operaciones que deben seguirse para obtener el reconocimiento de un derecho o en este caso para el cumplimiento de una obligación, es decir son preceptos que tienen por objeto garantizar la eficacia de las normas sustantivas.

De acuerdo con criterios emitidos por los tribunales, las normas procedimentales son susceptibles de ser aplicadas retroactivamente a los supuestos jurídicos que se suscitaron antes de la entrada en vigor de la norma que actualmente regula sus consecuencias. Las normas de procedimiento no generan derechos subjetivos, ya que  regulan simplemente  condiciones.

Luego entonces, si por razones de negocio de la empresa se utiliza la versión 3.2. y tuviera que reexpedirse dicho comprobante en diciembre, o tratándose de pagos complementarios de una operación que originalmente se facturó con esa versión, deberá utilizarse esta última versión (3.3), al encontrarse esta en plena vigencia, sin que con ello se considere que se violente disposición alguna.

Cabe precisar que el SAT en sus preguntas frecuentes (11) señala que el contribuyente podrá optar (tratándose de pagos en parcialidades) por emitir el pago parcial bajo la versión 3.2.