Cercano, sexto cambio a la RMISC 2017

Los cambios se refieren a la prórroga para cumplir con obligaciones de outsourcing y las bases para el buen fin

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 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

El SAT dio a conocer en su sitio web el anteproyecto de la Sexta Resolución de Modificaciones a la RMISC 2017. Este documento contempla el diferimiento para el cumplimiento de las obligaciones tratándose de la subcontratación en materia del IVA e ISR, y los lineamientos para el buen fin.

A continuación se resume lo más destacado.

Outsourcing

Se prorroga el cumplimiento de las obligaciones del contratante y contratista en actividades de subcontratación laboral en materia del ISR e IVA hasta enero de 2018 (regla 3.3.1.44.).

Buen fin

Bases

Las condiciones para llevar a cabo el sorteo se darían a conocer en el portal del SAT (regla 11.5.1.).

Los datos que las entidades deben reportar al fisco federal se hará mediante la ficha 4/DEC-5 “Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo “El Buen Fin” del Anexo 1-A (regla 11.5.7.), además proporcionarán la vinculada con los premios:

  • entregados a los tarjetahabientes según la ficha 5/DEC-5 (11.5.8.)
  • pagados por la entidad federativa observando la ficha 6/DEC-5 (regla 11.5.9.)
  Aprovechamientos por premios no cobrados

Los premios que por causas ajenas a las entidades, no pudieran ser entregados a los tarjetahabientes, se reintegrarán como un pago de aprovechamientos a la Secretaría de Gobernación mediante el procedimiento indicado por el SAT en su página de Internet (regla 11.5.4.).

  Acreditamiento del estímulo

Las entidades financieras acreditarían el estímulo contra los pagos provisionales o definitivos del ISR propio o retenido hasta agotarse, a partir de que el SAT le notifique vía buzón tributario que ha cumplido con la entrega de la información, y le señalará el monto a acreditarse, utilizando en la declaración el rubro “Acreditamiento Sorteos”.

El acreditamiento se efectuaría una vez que las entidades proporcionen en su totalidad la información descrita, así como el pago de los aprovechamientos (regla 11.5.5.).

Manifestación para aplicar compensación

Las entidades participantes mediante un aviso que se presentará según la ficha de trámite 2/DEC-5 del Anexo 1-A manifestarán su conformidad para que se aplique el procedimiento de compensación permanente de fondos, respecto del monto de los impuestos locales que se generen por la obtención de los premios (regla 11.5.2.).