En CDMX condonan multas, recargos y gastos de ejecución

Conozca a qué contribuciones le es aplicable este beneficio fiscal y ¡regularícese!

 .  (Foto: iStock)

Berenice Chávez

Con la finalidad de apoyar, impulsar y fortalecer la economía de las familias, los comercios e industrias de la CDMX, el gobierno de esta entidad otorga ciertas alternativas a los contribuyentes que puedan regularizarse y dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales.

En la gaceta de la CDMX del 28 de febrero se publicó la Resolución de carácter general mediante la cual se condonan multas fiscales, así como recargos y gastos de ejecución ordinarios por la omisión de pago de los impuestos y derechos que se indican, en la cual se señala la condonación del 100% del pago de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios, pagando únicamente el crédito principal de la contribución omitida actualizada que en su caso exista, respecto de los siguientes:

  • impuestos:
    • sobre adquisición de inmuebles
    • impuesto predial
    • sobre espectáculos públicos
    • sobre loterías, rifas, sorteos y concursos
    • sobre nóminas
    • sobre tenencia o uso de vehículos, e
    • prestación de servicios de hospedaje
  • derechos:
    • por el suministro de agua
    • descarga a la red de drenaje
    • cargo de locatarios de mercados públicos (art. 264 del CFCDMX), y
    • control vehicular (refrendo)
  • multas por infracciones a las disposiciones fiscales distintas a las obligaciones de pago, y
  • adeudos que derivan del ejercicio de las facultades de comprobación, determinación, control de obligaciones y cobro coactivo por parte de la subtesorería de fiscalización

Para la aplicación de estos estímulos tributarios se estará a lo siguiente:

  • para efectos del impuesto sobre adquisición de inmuebles podrá ser aplicado a través del sistema cerrado de notarios o en cualquiera de las oficinas de administración tributaria de la CDMX
  • por los derechos de suministro de agua y descarga a la red de drenaje, los contribuyentes podrán acudir a las oficinas del Sistema de Aguas de la Ciudad de México y alternativamente obtener una línea de captura en el portal www.sacmex.cdmx.gob.mx para el caso de derechos por el suministro de agua, y
  • en los demás casos, los contribuyentes podrán obtener una línea de captura en el portal www.finanzas.cdmx.gob.mx y pagar a través de las auxiliares autorizadas por la Secretaría de Finanzas. Tratándose del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, la condonación a que se refiere la presente resolución será aplicable a todos los vehículos con adeudos de los ejercicios fiscales 2012 y posteriores

 

 


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