SAT devuelve más de 7 mdp a personas físicas con saldo a favor

Con las nuevas herramientas y aplicaciones de la declaración anual, los contribuyentes pueden conocer el estatus de la devolución, los motivos de rechazo, y los recibos de nómina emitidos

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 -  (Foto: Redacción)
México (Notimex) -

El SAT recibió 3.3 millones de declaraciones anuales de personas físicas; de las cuales, 2.8 millones obtuvieron un saldo a favor por un total de 7,009 millones de pesos (mdp) al 27 de abril pasado,.

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De acuerdo con la autoridad se prorrogó hasta el próximo 15 de mayo el cumplimiento de esa obligación, sin actualizaciones ni recargos. Lo cual permitirá que los patrones corregir inconsistencias de los datos capturados, tal como: primas vacacionales y de antigüedad, jubilación, separación e indemnización, diferencias entre lo reflejado en los comprobantes y lo pagado e incongruencias entre los totales de los comprobantes y sus subtotales.

El titular del organismo, Osvaldo Santín Quiroz, señaló que “este año es la primera vez que se utiliza directamente la información vertida en las facturas para prellenar la sección de ingresos en la Declaración Anual. Esto, a diferencia de otros años, cuando se obtenía de las declaraciones informativas de terceros y de las declaraciones mensuales”.

Asimismo, apuntó que para hacer más eficiente el proceso de devolución se implementaron validaciones automáticas y se incorporó al aplicativo el campo “consulta de devolución”, el cual permite visualizar el estatus de la devolución, los motivos de rechazo, y los recibos de nómina que los patrones emitieron durante 2017.

No obstante, señaló que si algún contribuyente tiene dudas respecto del monto del saldo a favor que se le determinó, vía Internet puede ingresar a la aplicación para verificar su información y, en caso necesario, presentar una declaración complementaria o recibir el remanente omitido.

En ese sentido, la SHCP recordó que las personas físicas obligadas a presentar la declaración anual son las que prestan servicios profesionales, realizan actividades empresariales, arrendamiento, intereses, asalariados con dos o más patrones, mismas que pueden utilizar las facilidades y herramientas que publicó el SAT.

Además, aquellos que perciben únicamente ingresos por salarios de un solo patrón o salarios más intereses nominales menores de 20,000 pesos al año, “no están obligadas a presentar declaración anual, y si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año”.

De igual forma, “quienes perciben ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón -incluso mayores de 400,000 pesos-, siempre que su patrón haya emitido comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos o, además, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de 20,000 pesos, no están obligados a declarar”, apuntó.

Sin embargo, esta disposición “no es aplicable si en el ejercicio se obtuvieron ingresos por jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral (…) préstamos, donativos y premios”.