Reparto de PTU para contribuyentes RIF

Existe normatividad que permite definir el plazo para el pago de las utilidades de 2017

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 .  (Foto: Getty)

El artículo 111, octavo párrafo de la LISR señala que la utilidad fiscal  a repartir  es la que  resulte de la suma de las utilidades fiscales obtenidas cada bimestre.

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 .  (Foto: IDC)

El plazo para el reparto de utilidades debe efectuarse dentro de los 60 días siguientes a que deba presentarse la declaración del sexto bimestre; es decir  en marzo, ello de conformidad con el mismo precepto 111 de la LISR.

No obstante la regla 3.13.21 de la RMISC 2018 establece que los contribuyentes que tributen en términos del RIF, podrán efectuar el pago del reparto de las utilidades a sus trabajadores, a más tardar el 29 de junio del año de que se trate.

Por ende,  sin ningún problema los patrones afectos al RIF pueden considerar la fecha  límite de pago de esta prestación el próximo 29 de junio.