Datos del cheque para pagar contribuciones

Se abordan los requisitos que debe observar dicho título de crédito para poder liquidar algún impuesto

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 .  (Foto: iStock)

El pago de contribuciones puede hacerse mediante tarjetas de crédito, débito, transferencias electrónicas de fondos y cheques (certificado, de caja o personal). En esta ocasión se abordan los requisitos que debe observar dicho título de crédito para poder liquidar algún impuesto o aportaciones de seguridad social.

Concepto

Cometario

Fundamento

Característica de cheque

  • Debe librarse de la cuenta del contribuyente y emitirse por él mismo
  • no negociables

Arts. 20, séptimo párrafo, CFF, 14 de su Reglamento, y regla 2.1.19., RMISC 2018

Beneficiario

  • Tesorería de la Federación
  • si se trata de contribuciones administradas por entidades federativas, a favor de su tesorería u órgano equivalente, e
  • IMSS o Infonavit

Momento de pago

El entero se entenderá efectuado en las siguientes fechas, el día:

  • de la recepción de los ingresos federales, cuando el contribuyente realice el pago en día hábil bancario y dentro del horario de atención del servicio u operación de que se trate, o
  • hábil bancario siguiente al de la recepción de los ingresos federales, cuando se cubra en días inhábiles bancarios, sábados o domingos y la institución financiera le otorgue la fecha valor del día hábil siguiente

Inscripciones

En el anverso del título de crédito, se incluirán estas leyendas:

  • para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación
  • tratándose de contribuciones que administren las entidades federativas: “Para abono en cuenta bancaria de (nombre de la tesorería u órgano equivalente)”, o
  • respecto de aportaciones de seguridad social recaudadas por un organismo descentralizado, a favor de ese (IMSS o Infonavit)

En el reverso, según sea el caso:

  • Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con clave en el RFC. Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación
  • respecto de contribuciones administradas por los estados “Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con clave en el RFC. Para abono en cuenta bancaria de (nombre de la tesorería u órgano equivalente)”, o
  • si son aportaciones de seguridad social recaudadas por un organismo descentralizado: “Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con clave en el RFC. Para abono en cuenta bancaria del (anotar el organismo)”


Otro aspecto que no debe dejarse de lado es que el cheque recibido por las autoridades fiscales que sea presentado en tiempo y no sea pagado, dará lugar al cobro del monto en él consignado y a una indemnización que será siempre del 20 % del valor de este.

La autoridad requerirá al librador del cheque para que, dentro de un plazo de tres días, efectúe el pago junto con la mencionada indemnización, o acredite fehacientemente que se realizó el pago o que no se efectuó por causas exclusivamente imputables a la institución de crédito. Transcurrido ese lapso sin liquidar la contribución o demostrar los extremos señalados, el SAT requerirá y cobrará el monto del cheque, la indemnización y los demás accesorios que correspondan, mediante el procedimiento administrativo de ejecución.

El contribuyente podrá comprobar que el día en que fue presentado el cheque para el pago de sus contribuciones, tenía los fondos suficientes y que por causas no imputables a él fue rechazado por el banco, mediante un caso de aclaración vía el buzón tributario, anexando la documentación que demuestre la existencia de recursos (estado de cuenta) respecto del saldo a esa fecha en términos de la regla 2.1.24. de la RMISC 2018.