Gastos comunes en condominio

Si efectúa este tipo de erogaciones, deben cumplirse ciertos requisitos para que proceda su deducción y acreditamiento

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 .  (Foto: iStock)

En términos del artículo 30 del RLISR, cuando un contribuyente utilice inmuebles sujetos al régimen de propiedad en condominio, puede deducir la parte proporcional que le corresponda de los gastos comunes del inmueble, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • los gastos de conservación y mantenimiento sean realizados en nombre y representación de la asamblea general de condóminos por un administrador facultado como tal
  • el pago de las cuotas de conservación y mantenimiento lo efectúen los condóminos mediante depósito en la cuenta bancaria que haya constituido la asamblea general de condóminos para tal efecto
  • si el administrador recibe contraprestaciones por sus servicios, el CFDI debe emitirse a nombre de la asamblea general de condóminos
  • los CFDI que amparen los gastos deben estar a nombre de la asamblea general de condóminos o del administrador
  • el administrador tiene que recabar dichos comprobantes y entregar a cada condómino una copia de ellos y una constancia por periodos mensuales en la que se especifique:
    • los folios y el concepto que ampara cada CFDI, el monto total de ellos y su IVA, y
    • respecto del total del gasto, la parte proporcional que corresponde al condómino, conforme al por ciento de indiviso que represente cada unidad de propiedad exclusiva en el condominio. No se considera en el total del gasto su IVA, excepto cuando el contribuyente por la actividad que realice en el inmueble, se encuentre exento de él
  • la documentación y los registros contables deben conservarse por la asamblea de condóminos o por los condóminos que opten por deducir los gastos de conservación y mantenimiento

No pueden deducirse los gastos, cuando las personas que presten los servicios de administración carezcan de facultades para actuar en nombre y representación de la asamblea general de condóminos.

Por ejemplo las siguientes empresas cuentan con un inmueble ubicado dentro de un edificio en condominio, y les corresponde el por ciento de pro indiviso respecto a las áreas comunes que se muestra a continuación:

Por ciento de indiviso correspondiente

 

Empresa

Valor del área exclusiva (A)

Valor total del área exclusiva (B)

Por ciento de indiviso correspondiente (A entre B, por 100)

 

Compañia "A"

$3,896,500.00

$16,603,095.00

23.47%

Más:

Compañia "B"

4,126,548.00

16,603,095.00

24.85%

Más:

Compañia "C"

4,215,047.00

16,603,095.00

25.39%

Más:

Compañia "D"

4,365,000.00

16,603,095.00

26.29%

Igual:

Total área

16,603,095.00

 

 

El administrador del condominio efectúa en nombre y representación de la asamblea del condominio, los siguientes gastos.

Gastos de junio 2018

 

Concepto

Importe

IVA

Total

 

Honorarios del administrador

$21,193.00

$3,390.88

$24,583.88

Más:

Pintura

8,774.00

1,403.84

10,177.84

Más:

Jardinería

6,383.00

1,021.28

7,404.28

Más:

Materiales para limpieza

1,536.00

245.76

1,781.76

Más:

Vigilancia

12,334.00

1,973.44

14,307.44

Más:

Contribuciones

2,492.00

398.72

2,890.72

Más:

Prima de seguro

18,961.00

3,033.76

21,994.76

Más:

Otros gastos

5,046.00

807.36

5,853.36

Igual:

Total

$76,719.00

$12,275.04

$88,994.04

Así, el importe de gastos e IVA que le corresponden a cada condómino conforme al por ciento de indiviso para efectos de su deducción y acreditamiento son:

Gasto correspondiente a cada condómino

Empresa

Por ciento de indiviso correspondiente

Gastos del periodo

Gasto correspondiente a cada condómino

Compañia "A"

23.47%

$76,719.00

$18,005.95

Compañia "B"

24.85%

76,719.00

19,064.67

Compañia "C"

25.39%

76,719.00

19,478.95

Compañia "D"

26.29%

76,719.00

20,169.43

Total

100.00%

 

$76,719.00

IVA correspondiente a cada condómino

Empresa

Por ciento de indiviso correspondiente

IVA del periodo

IVA correspondiente a cada condómino

Compañia "A"

23.47%

$12,275.04

$2,880.95

Compañia "B"

24.85%

12,275.04

3,050.35

Compañia "C"

25.39%

12,275.04

3,116.63

Compañia "D"

26.29%

12,275.04

3,227.11

Total

100.00%

 

$12,275.04

Si se cumplen los requisitos citados,  los condóminos pueden deducir el monto que les corresponde de dichos gastos.