Oficial, noveno cambio a la RMISC 2018

Nuevas reglas para la aplicación del estímulo en la región fronteriza norte

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 .  (Foto: iStock)

El 9 de abril de 2019, se publicó en el DOF la Novena Resolución de Modificaciones a la RMISC 2018. En vigor a partir del 10 de ese mismo mes y año.

LEE:  NOVENO CAMBIO A LA RMISC 2018

A continuación, se puntualiza lo más importante:

  • el aviso para aplicar el estímulo fiscal del IVA en la región fronteriza norte”, podrá presentarse a más tardar el 30 de junio de 2019 (segundo transitorio)
  • las personas físicas y morales que estén incluidas en la lista publicada por el SAT en su sitio web por habérseles condonado multas, podrán aplicar la reducción del IVA a la tasa del 8 %, si señalan esto al presentar el aviso para utilizar el estímulo (regla 11.11.14., Adición)
  • quienes hubiesen dado efectos fiscales a los CFD expedidos por un contribuyente incluido en la lista del 69-B del CFF (operaciones inexistentes) podrán aplicar los estímulos para efectos del ISR e IVA si corrigen su situación fiscal (regla 11.11.15. Adición), y
  • sí se puede utilizar el estímulo para efectos del ISR en la región fronteriza norte de forma conjunta con los siguientes (regla 11.11.16, Adición):
    • disminución de la PTU pagada en los pagos provisionales de mayo a diciembre (art. 16, fracc. VIII, LIF)
    • deducción adicional de 5 % del costo de lo vendido a quienes donen bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación o salud a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles (art. 16, Apartado A, fracc. IX, LIF)
    • deducción extra del 25 % del salario pagado por la contratación de personas que padezcan discapacidad (art. 16, Apartado A, fracc. X, LIF)
    • contratación de personas que padezcan discapacidad, así como de adultos mayores
    • estímulo del ISR para los trabajadores sindicalizados por las cuotas de seguridad social que sumadas a los demás ingresos excedan de siete veces la UMA (Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013)
    • estímulos fiscales para acreditar la retención de IVA para IMMEX, similares, industria automotriz y otros regímenes de importación temporal del 26 de diciembre de 2013
    • acumulación de la parte del precio exigible en ventas a plazo de bienes inmuebles destinados a casa habitación (Beneficios fiscales en materia de vivienda, DOF el 22 del enero de 2015)
    • acreditamiento del 100 % del IVA causado por la prestación de servicios parciales de construcción de inmuebles destinados a casa habitación (DOF 26 de marzo de 2015)
    • estímulos para el IESPS aplicables a los combustibles (Decreto, DOF del 27 de diciembre de 2016)
    • medidas de simplificación administrativa (art. 1.4., 1.8., 2.1., 2.3., 3.2. y 3.3., Decreto DOF del 26 de diciembre de 2013): acreditamiento del 80 % sobre la retención del ISR por arrendamiento de aeronaves; deducción de colegiaturas para las personas físicas; estímulo a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas; crédito del 100 % del IVA a servicios de hotelería y conexos y centros de convenciones, exposiciones o ferias, y acreditamiento del 100 % del IESPS sobre turbosina y de chicles o gomas de mascar