Manejo de intereses pagados por instituciones del sistema financiero

Conoce una de las principales obligaciones a cargo de estas instituciones

.
 .  (Foto: iStock)


Las leyes fiscales establecen cargas a los particulares, las cuales varían de acuerdo con el tipo de contribuyente de que se trate; es decir, no serán las mismas obligaciones para una persona moral con fines no lucrativos que para una que si los tenga. Lo mismo sucede con las instituciones que componen el sistema financiero.

LEE: ¿CON IVA INTERESES COBRADOS A PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL?

Según con el artículo 7o. de la LISR, el sistema financiero, para efectos fiscales se compone por las siguientes instituciones: 

  • Banco de México
  • instituciones de crédito, de seguros y de fianzas
  • sociedades controladoras de grupos financieros
  • almacenes generales de depósito
  • Administradoras de Fondos para el Retiro
  • arrendadoras financieras
  • uniones de crédito
  • sociedades financieras populares
  • sociedades de inversión de renta variable
  • sociedades de inversión en instrumentos de deuda
  • empresas de factoraje financiero
  • casas de bolsa, casas de cambio y sociedades financieras de objeto limitado que sean residentes en México o en el extranjero
  • sociedades financieras de objeto múltiple

Una de las obligaciones a cargo de estas instituciones es que en caso de pagar intereses a los particulares deberán retener y enterar el impuesto, aplicando para tal efecto la tasa contenida en la LIF 2019: 1.04 % (art. 21).

El entero de la retención se debe efectuar a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquel al que corresponda, y se deberá expedir el CFDI en donde conste el monto del pago de los intereses, así como el impuesto retenido.

No obstante, en los siguientes casos no se debe llevar a cabo la retención en comento:

  • intereses a:
    •  federación, entidades federativas o municipios
    • organismos descentralizados (que no tengan como actividad empresarial de forma preponderante)
    • organismos sujetos a control presupuestario
    • partidos o asociaciones políticas, legalmente reconocidos
    • personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles
    • Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (Siefore), a los fondos de pensiones o jubilaciones de personal complementarios a los previstos en la LSS
    • empresas de seguros de pensiones autorizadas exclusivamente para operar seguros de pensiones derivados de las leyes de seguridad social, y
    • estados extranjeros en los casos de reciprocidad
  • intereses que se paguen entre el Banco de México, las instituciones que componen el sistema financiero y las Siefore
  • pagados a fondos o fideicomisos de fomento económico del gobierno federal
  • los intereses que paguen los intermediarios financieros a los fondos de pensiones o jubilaciones de personal y de primas de antigüedad
  • los intereses pagados a fondos de ahorro y cajas de ahorro de trabajadores o a las personas morales constituidas únicamente con el objeto de administrar dichos fondos o cajas de ahorro
  • intereses que se paguen a los fondos de inversión en instrumentos de deuda y de renta variable, y
  • ganancias obtenidas en las operaciones financieras derivadas de capital referenciadas al tipo de cambio de una divisa que se realicen en mercados reconocidos

La gran mayoría de los contribuyentes tiene cuentas bancarias en instituciones financieras, y en algunas ocasiones estos recursos están invertidos en algún tipo de instrumento, por lo que resulta conveniente conocer la tasa de retención para ISR y los casos en los que se exenta de realizarla.