Criptomonedas ganan su reconocimiento en las NIF

Existen empresas que ocupan estos instrumentos para obtener un beneficio financiero

.
 .  (Foto: Getty)

Ante el mundo en constante cambio resulta necesario que de vez en cuando se realicen ajustes a los ordenamientos jurídicos y a la normatividad de ciertas operaciones; un ejemplo reciente de ello es la llamada Ley Fintech con lo que se pretende regular a las instituciones de tecnología financiera.

Esta nueva regulación obedeció a la aparición de productos y servicios financieros apoyados en la tecnología.

Uno de estos productos son las llamadas criptomonedas cuya aceptación en el mercado es importante; de ahí que el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A. C. (CINIF) está escudriñando, la incorporación del boletín C-22 a las Normas de Información Financiera (NIF) referente a estas.

Esto resulta necesario, ya que existen empresas que ocupan estos instrumentos para obtener un beneficio financiero, además de que como se mencionó en 2018, se dio a conocer la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), que reconoce a las criptomonedas como activos virtuales.

¿Qué es una criptomoneda?

El boletín propuesto por la CINIF contempla que la criptomoneda es un registro digital único que solo puede ser transferido en forma electrónica y que se utiliza como medio de pago; su estructura está basada normalmente en la llamada tecnología de cadena de bloques (blockchain), la cual utiliza códigos encriptados.

Origen de las criptomonedas

Para la CINIF, la primera vez que se escuchó de una criptomoneda fue por el bitcoin; este se generó por una entidad en anonimato, quién predefinió ciertos algoritmos encriptados. Esto es, por cada dato o algoritmo encontrado y validado en el sistema se genera un registro electrónico que forma un bloque y, cuando se logra completar la cadena de bloques requerida, se detona un registro digital único que se encripta y al cual se le llama bitcoin.

Un punto para destacar es que las criptomonedas son utilizadas como medio de pago (dependiendo si son aceptadas o no en el mercado); sin embargo, no existe un tercero obligado a convertirlas en moneda común.

Las criptomonedas en la mayoría de las ocasiones no son reconocidas como monedas por los bancos internacionales, tal es el ejemplo del Banco de México que las denomina “activos virtuales”, con el objeto de no darles esa connotación.

 

.
 .  (Foto: IDC)

  Reconocimiento de inversiones en criptomonedas

El boletín propuesto, considera que la entidad debe reconocer una inversión en criptomonedas dentro de su estado de situación financiera solo cuando esta cumple con las características de un activo. Así una inversión en criptomonedas debe cumplir todo lo siguiente para denominarse activo:

  • ser un recurso económico
  • tener potencial de generar beneficios económicos
  • estar controlada por la entidad, y
  • derivarse de eventos pasados

El reconocimiento de estas operaciones dentro del estado de situación financiera debe realizarse en el rubro de activo de corto plazo, al considerar que son activos dispuestos a ser vendidos o utilizados como medio de pago.

Se prevé que la entrada en vigor de este boletín inicie a partir del 1o. de enero de 2020, permitiendo su aplicación anticipada para los estados financieros del ejercicio 2019.

Criptomoneda en materia fiscal

Es una realidad que estos activos virtuales se utilizan como forma de pago en tracciones económicas, resultado de ello ya existen disposiciones que buscan regularlas; la pregunta obligada es: ¿en materia fiscal cuándo contaremos con las adecuaciones a las leyes y reglamentos?

Si bien es cierto que actualmente las leyes fiscales no establecen una forma precisa para gravar a estos activos, también lo es que las NIF le otorgan la connotación de activos virtuales, por lo que para efectos fiscales el gravamen debe se sujetarse a la ganancia en venta de activos.

Para efectos de IVA la enajenación de activos virtuales no puede asemejarse a la enajenación de activos financieros, por lo que la transmisión de estos esta gravada a la tasa del 16 %.