A la normalidad administrativa la CDMX

Mediante un acuerdo publicado en la Gaceta de la CDMX se instruye que actividades administrativas se reactivarán

 .  (Foto: Cuarto Oscuro)

Erendira Ramírez

Mediante el Quinto acuerdo por el que se suspenden los términos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos y trámites y se otorgan facilidades administrativas para el cumplimiento de las obligaciones fiscales, para prevenir la propagación del COVID–19, publicado en la gaceta de la Ciudad de México, se indica que derivado de la contigencia sanitaria se suspenden términos y plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos, por lo que no deberán contarse como hábiles los días referidos entre el 1o. de junio al 9 de agosto de 2020.

Continua en dicho acuerdo la ampliación para hacer efectivo el subsidio del impuesto sobre tenencia y uso de vehículos hasta el 30 de junio de 2019. En el caso de que los tenedores o usuarios no cubran este impuesto en esa fecha se generará la actualización y los accesorios a partir de 1o. de abril de 2020.

Sin embargo, no aplicará este plazo en los siguientes trámites:

  • atención en ventanillas en materia de desarrollo urbano, construcción y sector inmobiliario, así como las necesarias para el otorgamiento de instrumentos relacionados con inmuebles ante notarios públicos; expedición de certificados de existencia o inexistencia de gravámenes vía telemática y constancias de folios, constancias de adeudos de predial y agua, certificados únicos de zonificación de uso de suelo, sábanas para acreditar el valor catastral, registro de avalúos comerciales en SIGAPRED, consulta de instrumentos notariales y expedición de copias certificadas y testimonios, apostilla y/o legalización de documentos
  • tratándose del recurso de revocación previsto en el Código Fiscal de la CDMX, los contribuyentes podrán tramitar el mismo, en la modalidad en línea a partir del 16 de junio de 2020
  • inspecciones de trabajo extraordinarias, y
  • actuaciones de la Procuradura de la Defensa del Trabajo únicamente para la elaboración de convenios de terminación de la relación laboral, pago de prestaciones y el cumplimiento de convenios celebrados con anterioridad de suspensión

Por último, se señala que la Secretaría de Finanzas reiniciará gradualmente sus operaciones este proceso se comunicará  en su página oficial.

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