SAT puede inhabilitar preventivamente Contraseñas
Los contribuyentes deben estar atentos a cualquier notificación en su correo electrónico o en cualquier medio de contacto registrado
Fiscal Contable
Mediante un comunicado el SAT alerta a los contribuyentes que llevará a cabo una actualización a sus sistemas informáticos, con la finalidad de garantizar que los trámites que estos realizan con su Contraseña se estén llevando a cabo de manera segura.
Esto implicará que cuando el SAT detecte alguna inconsistencia que ponga en riesgo la confidencialidad de los datos del contribuyente, inhabilitará de manera preventiva su Contraseña; previéndose el siguiente proceso:
- el contribuyente será notificado con al menos cinco días hábiles de anticipación, a través del correo electrónico proporcionado por el propio contribuyente cuando generó su contraseña, o en cualquiera de los medios de contacto que el SAT posea en sus bases de datos, y
- una vez inhabilitada, el contribuyente podrá reactivar su Contraseña, bajo dos modalidades: en línea utilizando el aplicativo SAT ID, o bien, previa cita de manera presencial en cualquier oficina del SAT. En ambos casos se deberá observar lo señalado en la ficha de trámite 7/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña”
Es necesario que los contribuyentes estén atentos a toda notificación que les haga llegar la autoridad fiscal, y atender de inmediato en caso de inhabilitación de su Contraseña, a efectos de reactivarla de inmediato, para estar en posibilidades de seguir cumpliendo con sus obligaciones fiscales, como, por ejemplo, la presentación de declaraciones, o acceder a los demás servicios del portal del SAT.