Transmisión de pérdidas en escisión

Requisitos para que una empresa escindente pueda transmitir a las escindidas las pérdidas fiscales pendientes por amortizar

.
 .  (Foto: iStock)

Las pérdidas fiscales pendientes de aplicar que tenga una sociedad escindente se reparten entre ella, en caso de que subsista, y las empresas escindidas, en términos del artículo 57, séptimo párrafo de la LISR, considerando lo siguiente:

  • si la escindente realiza preponderantemente actividades comerciales de compra venta o fabricación de bienes: en la proporción en que se divida la suma del valor total de los inventarios y de las cuentas por cobrar relacionadas con las actividades comerciales
  • cuando la escindente realizaba otro tipo de actividades empresariales: en la proporción en que se dividan los activos fijos

Para determinar la proporción se deberán excluir las inversiones en bienes inmuebles no afectos a la actividad preponderante.

Por ejemplo, haciendo la distribución de las cuentas de inventarios y clientes de una empresa que se escinde en cuatro compañías, se tienen las siguientes cifras:

Empresa

Inventarios (A)

Clientes (B)

Total (A más B = C)

Proporción

 

Uno

$11,679,265.00

$4,197,347.00

$15,876,612.00

0.3907

Más:

Dos

10,057,370.00

2,834,277.00

$12,891,647.00

0.3172

Más:

Tres

5,322,712.00

2,041,325.00

$7,364,037.00

0.1812

Más:

Cuatro

3,261,925.00

1,246,799.00

$4,508,724.00

0.1109

Igual:

Total 

$30,321,272.00

$10,319,748.00

$40,641,020.00

 

  La escindente cuenta con una pérdida pendiente de amortizar, que actualizada a la fecha de la escisión es de $36,548,147, misma que se distribuye con la proporción determinada.

  Pérdida fiscal pendiente de amortizar correspondiente a cada empresa

Concepto

Empresa uno

Empresa dos

Empresa tres

Empresa cuatro

 

Pérdida fiscal pendiente de amortizar de la empresa escindida 

$36,548,147.00

$36,548,147.00

$36,548,147.00

$36,548,147.00

Por: 

Proporción aplicable para distribución de pérdidas 

0.3907

0.3172

0.1812

0.1109

Igual: 

Pérdida fiscal pendiente de amortizar correspondiente a cada empresa

$14,279,361.03

$11,593,072.23

$6,622,524.24

$4,053,189.50