La obligación para revelar los esquemas es una realidad, tan es así que el 26 de enero de 2021 se dio a conocer en el portal del SAT el aplicativo mediante el cual se puede remitir la declaración informativa para revelar los esquemas reportables.
Existen distintas dudas sobre la obligación, siendo una de las principales el que si existe algún monto mínimo para cumplir con la misma.
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Aquí vale la pena precisar que el numeral 199, párrafo cuarto del CFF indica que la SHCP mediante acuerdo secretarial emitirá los parámetros sobre montos mínimos respecto de los cuales no se aplicará lo dispuesto en el Capítulo de esquemas reportables; no obstante, el pasado 29 de diciembre con la publicación en el DOF de la RMISC 2021, no plasmó alguna regla que precisara un importe mínimo para quedar relevados de esta obligación.
Bajo ese contexto, hoy no existen montos mínimos para quedar exceptuados de esta obligación; la cual deben cumplir por excelencia los asesores fiscales y en algunos supuestos los propios contribuyentes.
Es importante acotar que, si bien no existe un monto mínimo para quedar liberado de la obligación, si existen supuestos para que algunos sujetos queden relevados de presentar los esquemas, estos son:
Liberados de la obligación
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Presentado a cuenta de ellos
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De acuerdo con el quinto párrafo del numeral 197 del CFF, si varios asesores fiscales se encuentran obligados a revelar un mismo esquema reportable, se considerará que los mismos han cumplido con la obligación, si uno de ellos revela dicho esquema a nombre y por cuenta de todos ellos
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