Cuándo queda inactiva la contraseña en el RIF

Conozca los supuestos en los cuales podrá quedar inactivo este privilegio, así como el tiempo que esta podrá durar esta situación

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 .  (Foto: iStock)

En la publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 del 3 de mayo del presente año, se añadieron diversas reglas, entre ellas la 2.2.16, en donde se establece que la contraseña de los contribuyentes que tributen en el régimen de incorporación fiscal (RIF) podrá quedar inactiva cuando la autoridad detecte que:

  • en un periodo de dos años, se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
    • no cuenten con actividad preponderante asignada en el RFC
    • no hayan emitido CFDI, o
    • no hayan presentado declaraciones periódicas relacionadas con sus actividades, o
  • no hayan realizado actualizaciones en el RFC cuando se hubiesen situado en los supuestos jurídicos para presentar los avisos respectivos, tales como actualización de actividades económicas y obligaciones o el cambio de domicilio fiscal

En cualquiera de estos casos, el contribuyente afectado puede solicitar al SAT la reactivación de su contraseña observando el procedimiento de señalado en la ficha, trámite 7/CFF, titulada "Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña", del Anexo 1-A de la RMISC 2021.

Como se aprecia, los contribuyentes del RIF para tener su contraseña activa deberán tener actividad y declarar en tiempo y forma; y si les es imposible seguir en dicho régimen tendrán que presentar su actualización de obligaciones fiscales para que pueda seguir utilizando su contraseña sin tener un periodo de inactividad.