Pretendo implementar en el presente ejercicio la opción de emitir comprobantes fiscales digitales por medios propios, para lo cual solicité los folios respectivos ante el SAT; sin embargo, si durante lo que resta de 2010 no queda implementado el sistema respectivo, ¿puedo en el 2011 emitir tales comprobantes a través de ese esquema o forzosamente sería a través del proveedor de certificación?
Para que pueda acogerse a la posibilidad de emitir durante el ejercicio 2011 comprobantes fiscales digitales (CFD’s) a través de medios propios, según lo establece la regla I.2.23.4.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2010, es requisito que durante el ejercicio de 2010, efectivamente genere y emita CFD’s a través de dicho esquema, por lo tanto, si el sistema con el cual pretende generar los mismos no queda implementado en tal ejercicio no podrá gozar del beneficio de emisión de CFD’s a través de la opción comentada.