A partir del 1o de enero de 2011 se pueden importar autos usados procedentes y originarios de los Estados Unidos de América y Canadá con antigüedad de ocho años anteriores a su importación, esto es, los correspondientes al año modelo 2003 (Tratado de Libre Comercio de América del Norte –TLCAN–, Apéndice 300-A.2, numeral 24, inciso b).
Por otra parte, el 1o de enero de 2009 comenzó a correr el calendario de introducción de vehículos usados a México, en donde se permitió importar los año-modelo 1999, y con cualquier antigüedad hasta el 2019.
Autos permitidos (por lo menos con) |
Año de importación (1o de enero) |
10 años de antigüedad | 2009 |
Ocho años de antigüedad | 2011 |
Seis años de antigüedad | 2013 |
Cuatro años de antigüedad | 2015 |
Dos años de antigüedad | 2017 |
Libre importación | 2019 |
No obstante el compromiso TLCAN, el 28 de diciembre de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “Decreto que modifica el diverso por el que se establecen las condiciones para la importación definitiva de vehículos usados”, a través del cual se prorrogan hasta el 30 de junio de 2011 (vencimiento programado para el 31 de diciembre de 2010) los requisitos aplicables a la importación a territorio nacional de vehículos usados con antigüedad de hasta 10 años, lo cual resulta incongruente, pues a partir del 1o de enero de este año están permitidos los de año modelo de ocho años, por lo que se espera que las autoridades aduaneras actualicen las disposiciones aplicables a la importación de autos usados, a fin de evitar la confusión generada.