A quién le cancelaron créditos fiscales

Nadie lo sabe, la SCJN determinó que el SAT no está obligado a revelar los nombres de los beneficiaros al IFAI

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 .  (Foto: IDC online)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó, por notoriamente improcedente, el recurso que promovió el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (IFAI) contra un acuerdo para que se reserven los nombres de los beneficiarios de la cancelación de créditos fiscales. 

La Segunda Sala del alto tribunal desechó la controversia constitucional que interpuso el órgano de transparencia en contra de un acuerdo conciliatorio entre la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para no difundir los beneficiarios de la cancelación de más de 700 mil créditos fiscales. 

En octubre del año pasado, la ministra Margarita Luna Ramos ya había desechado el juicio promovido por la presidenta del IFAI, Jaqueline Peschard, pues consideró que de acuerdo con el artículo 105 de la Constitución, este órgano no está legitimado para promover este medio de control. 

La Sala de la Corte confirmó la decisión de Luna Ramos en el expediente 76/2010, por lo que no podrán ser revelados los nombres de quienes se vieron beneficiados por estos créditos fiscales en el año 2007, y que juntos representan un monto de cerca de 74 mil millones de pesos. 

La ministra puntualizó que el IFAI, aun cuando se trata de un órgano de la administración pública federal, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, “no se encuentra legitimado para promover este medio de control constitucional y, por ende, deviene improcedente esta demanda”. 

Esta decisión fue impugnada por el IFAI a través de un recurso de reclamación que hoy fue resuelto por la Segunda Sala, que confirmó la resolución de la ministra, y por lo tanto, el fallo es definitivo. 

Fuente: Notimex