Mis deducciones se fueron a la basura

Por no tener el requisito de la vigencia, mis comprobantes no pudieron ser deducibles en mi declaración anual de 2003

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 .  (Foto: IDC online)

Ayer estaba viendo la televisión y salió un comercial del SAT en donde invitaba a cumplir con la presentación de la declaración anual y se me vino a la mente la desilusión que sufrí en 2003. Recuerdo que en esa ocasión mi contador me estuvo abrumando para que le entregara la documentación de los comprobantes de gastos que pretendía deducir en mi declaración anual, por fin logré ponerlos en orden y se los entregué. Dos días después de la entrega de la documentación, tuve casi 10 llamadas pérdidas en mi celular, era mi contador, le llamé  y me indicó que los gastos del pediatra de mi pequeño eran no deducibles por la falta del requisito de la vigencia de dos años y de inmediato me colgó porque según tenía mucho trabajo, ¡pues abril es el mes de las declaraciones de personas físicas! 

No entendí nada de lo que me dijo, así  que fui a ver al pediatra y le comenté lo indicado por mi contador; lo cual provocó que él le llamara a su contador, quien indicó que efectivamente esos comprobantes ya no eran válidos, toda vez que a partir del ejercicio 2003 los recibos de honorarios debían cumplir con el requisito de la vigencia de dos años. El doctor se disculpó y ofreció reexpedirlos nuevamente, situación que acepté; sin embargo, la deducción de ellos se tendría que llevar a cabo en el año en que fueran nuevamente expedidos y no en el año en el que se llevó a cabo la prestación del servicio. 

La ilusión de obtener la devolución de un saldo a favor se esfumó, pues quitando esos comprobantes, me resultó en esa declaración ISR a pagar.