Auditores=empleados vip

Cuando no había un plazo límite para efectuar las revisiones, los auditores prácticamente vivían en las empresas

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 .  (Foto: IDC online)

En los 80, cuando se practicaban las visitas domiciliarias a los contribuyentes los auditores designados para ello, permanecían en los domicilios por lapsos indefinidos, casi eran considerados como parte de la plantilla laboral (clase vip), pues ay de aquéllos que osaran tratarlos mal se hacían acreedores a cuantiosos créditos fiscales, volviéndose tal situación un tormento, imagínense tener al fisco instalado de planta examinando la contabilidad supuestamente porque su ardua labor requería de mucho tiempo para poder completar su misión.

Ante tal escenario y una lluvia de medios de defensa finalmente hubo cordura en el sector legislativo al poner fin a ese abuso,  limitando la potestad de la autoridad para concluir la visita en un plazo de seis meses contados a partir de la notificación de la orden respectiva. No obstante, el fisco sostuvo que ese plazo no era suficiente, y se aumentó a máximo doce meses (término vigente actualmente). A pesar de eso el fisco a través de los auditores refieren a los contribuyentes que ese tiempo no  les basta para revisar, es evidente la añoranza del trato vip y el deseo de que algún incauto lo reconsidere.

¿Es o no suficiente el plazo para concluir las visitas domiciliarias o revisiones de gabinete?

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