Complementaria por obligación no presentada

Revise cómo requisitar las pantallas en el programa para presentar declaración complementaria cuando omitió declarar alguna contribución

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 .  (Foto: IDC online)

La empresa donde laboro presentó y enteró sus obligaciones fiscales correspondientes al mes de septiembre 2011, el 14 de octubre del año en curso, sin embargo, todavía dentro de la fecha límite de pago de sus obligaciones fiscales el supervisor del despacho que nos asesora, detectó que no se había declarado y enterado cantidad alguna por retención de impuesto sobre la renta (ISR) con motivo del pago de regalías realizadas a un extranjero.

Se quiere enterar dichas retenciones que ascienden a $133,333.00, sin modificar las obligaciones declaradas con anterioridad,  ¿se debe presentar una declaración normal por estar dentro de los plazos de su entero?  y ¿cómo se debe presentar la misma en el sistema de declaraciones y pagos (SEDEPA)?

Para proceder a la presentación de la declaración que corresponda, sin que se modifiquen  los datos declarados en sus otras obligaciones fiscales  e independientemente de que todavía este en los plazos de entero, deberá presentar una declaración complementaria por obligación no presentada  (regla I.2.12.3. de Resolución  Miscelánea Fiscal para 2011 –RMISC–).

Definida la clase de declaración a presentar, se ingresará al sistema de declaraciones y pagos (SEDEPA) para generar la línea de captura correspondiente (regla II.2.8.6.5 de RMISC).

Una vez en el programa se seleccionará:

  • Periodicidad: septiembre
  • Ejercicio:  2011
  • Tipo de declaración: complementaria
  • Tipo de complementaria: obligación no presentada

Quedando reflejado de la siguiente forma:

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 -  (Foto: Redacción)

Posteriormente se desplegarán en la pantalla  los conceptos de impuestos  no presentados, de los cuales se seleccionará la obligación omitida que en este supuesto es ISR retenciones por pagos al extranjero.

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 -  (Foto: Redacción)

A continuación se requisitará la planilla “R18 ISR retenciones por pagos al extranjero” con el monto a enterar, para lo cual se manifestará en el campo de cantidad a cargo: $133,333.00, importe que se repetirá en los campos tanto en cantidad a cargo como en cantidad a pagar, como se aprecia en la siguiente pantalla:

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 -  (Foto: Redacción)

En este punto es prudente considerar que:

Por último, es pertinente comentar que la declaración complementaria presentada no se computará para el límite de las tres complementarias a que refiere el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación (regla I.2.12.3. de la RMISC).