El papel del IETU en la declaración 2011

Conozca los cálculos necesarios para poder presentar la declaración anual del ISR e IETU, y obtener la carga fiscal del ejercicio que concluyó

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 .  (Foto: IDC online)

1. Generalidades
2. Caso práctico
    2.1. Inversiones 1998 a 2007
    2.2. Inventarios a diciembre 2007
    2.3. Crédito por nómina
    2.4. Pagos provisionales

    2.5. IETU del ejercicio
3. Pérdidas pendientes de amortizar 2005-2007
4. Conclusiones

1. GENERALIDADES

En la edición 272 de fecha 29 de febrero de 2012 en esta misma sección, se ejemplificó la determinación del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio 2011 para las personas morales que cumplen con sus obligaciones fiscales en términos del Título II de la Ley  del Impuesto sobre la Renta (LISR). Sin embargo, dicho cálculo se debe complementar con el del impuesto empresarial a tasa única (IETU), toda vez que el ISR se acredita contra el IETU y de obtener un saldo a favor de éste último puede compensarse contra el ISR en la misma declaración anual.

En materia del IETU existen diversos acreditamientos y estímulos que pueden aplicarse contra el importe a cargo, lo cual puede disminuir considerablemente el costo fiscal para las empresas. Por ello, es indispensable conocer su correcta determinación y acreditamiento tal y como se muestra en esta edición.

2. CASO PRÁCTICO

Para comprender como interactúan el ISR e IETU en la declaración anual, se continuará con el caso de la empresa “Operadora del Centro, S.A. de C.V.” ejemplificado en la edición señalada con anterioridad, se determinará el IETU 2011 y revisarán los pagos provisionales efectuados durante 2011.

2.1. Inversiones 1998 a 2007

Dentro de los acreditamientos que pueden aplicarse contra el IETU, se encuentra el correspondiente a las inversiones deducibles del ISR adquiridas con anterioridad al ejercicio 2008 (art. Sexto Transitorio de la LIETU).

En este caso la empresa contaba en 2011 aún con tres activos que reunían dicho requisito:

Activo Monto original de la inversión (MOI) Fecha de adquisición
Máquina de serigrafía $450,500.00 Junio 2006
Construcción talleres $754,860.00 Febrero 2003
Construcción oficinas $654,870.00 Septiembre 2004

Si el contribuyente enajena la inversión antes del ejercicio 2018 o si éstas dejan de ser útiles para obtener los ingresos, a partir del ejercicio fiscal en que ello ocurra no podrá aplicarse el crédito fiscal pendiente de acreditar por dicho bien.

Por lo tanto, como la máquina de serigrafía se enajenó en marzo 2012, el crédito correspondiente sólo será aplicable por enero y febrero, tanto en pagos provisionales como en la declaración del ejercicio.

Como primer punto se calcula el saldo pendiente por depreciar en términos de los artículos 40 y 41 de la LISR a enero de 2008.

DEPRECIACIÓN ACUMULADA A DICIEMBRE 2007

   Concepto Máquina de serigrafía Construcción talleres Construcción oficinas
  MOI $450,500.00 $754,860.00 $654,870.00
Por: Por ciento de depreciación 11% 5% 5%
Igual: Depreciación annual 49,555.00 37,743.00 32,743.50
Entre: Doce 12 12 12
Igual: Depreciación mensual 4,129.58 3,145.25 2,728.63
Por: Meses acumulados desde que se comenzó a utilizar el bien y hasta diciembre 2007 (meses completos)

18

58

39

Igual: Depreciación acumulada a diciembre 2007 $74,332.44 $182,424.50 $106,416.57

SALDO PENDIENTE POR DEDUCIR A ENERO 2008 ACTUALIZADO A DICIEMBRE 2007

  Concepto Máquina de serigrafía Construcción talleres Construcción oficinas
  MOI $450,500.00 $754,860.00 $654,870.00
Menos: Depreciación acumulada a diciembre 2007 74,332.44 182,424.50 106,416.57
Igual: Saldo pendiente por deducir a enero 2008 376,167.56 572,435.50 548,453.43
Por: Factor de actualización 1.0726 1.2119 1.1352
Igual: Saldo pendiente por deducir a enero 2008 actualizado a diciembre 2007

$403,477.32

$693,734.58

$622,604.33

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN

   Concepto Máquina de serigrafía Construcción talleres Construcción oficinas
  INPC de diciembre 2007 86.5881 86.5881 86.5881
Entre: INPC del mes en que se adquirió el bien (junio 2006, febrero 2003, septiembre 2004) 80.7231 71.4467 76.2704
Igual: Factor de actualización 1.0726 1.2119 1.1352

El saldo pendiente por depreciar ya actualizado a diciembre de 2007 se multiplicará por el factor de 0.175 y del producto por el 5%. El resultado será el crédito fiscal acreditable del IETU.

CRÉDITO FISCAL POR INVERSIONES REALIZADAS DE 1998 A 2007

  Concepto Máquina de serigrafía Construcción talleres Construcción oficinas
  Saldo pendiente por deducir a enero 2008 actualizado a diciembre 2007
$403,477.32

$693,734.58

$622,604.33
Por: Factor 0.175 0.175 0.175
Igual: Resultado 70,608.53 121,403.55 108,955.76
Por: Por ciento de acreditamiento 5% 5% 5%
Igual: Crédito fiscal por inversiones realizadas de 1998 a 2007
$3,530.43

$6,070.18

$5,447.79

Para los pagos provisionales se tomará la parte proporcional del crédito del ejercicio que corresponda al período del pago:

CRÉDITO FISCAL MENSUAL POR INVERSIONES REALIZADAS DE 1998 A 2007

   Concepto Máquina de serigrafía Construcción talleres Construcción oficinas
  Crédito fiscal por inversiones realizadas de 1998 a 2007 $3,530.43 $6,070.18 $5,447.79
Entre: Doce 12 12 12
Igual: Crédito fiscal mensual por inversiones realizadas de 1998 a 2007
$294.20

$505.85

$453.98

El importe mensual se elevará al número de meses acumulados del pago provisional, para posteriormente actualizarlo.

MÁQUINA DE SERIGRAFÍA

   Concepto Enero Febrero
  Crédito fiscal mensual por inversiones realizadas de 1998 a 2007 $294.20 $294.20
Por: Número de meses que comprende el pago provisional 1 2
Igual: Crédito fiscal del período por inversiones realizadas de 1998 a 2007 294.20 588.40
Por: Factor de actualización 1.1519 1.1519
Igual: Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007
$338.89

$677.78

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA PAGOS PROVISIONALES

  Concepto Importe
  INPC del último mes del ejercicio fiscal inmediato anterior en que se aplica (diciembre 2010) 99.7421
Entre: INPC de diciembre 2007 86.5881
Igual: Factor de actualización para pagos provisionales 1.1519

CONSTRUCCIÓN TALLERES

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Crédito fiscal mensual por inversiones realizadas de 1998 a 2007

$505.85

$505.85

$505.85

$505.85

$505.85

$505.85

Por:

Número de meses que comprende el pago provisional

1

2

3

4

5

6

Igual:

Crédito fiscal del período por inversiones realizadas de 1998 a 2007

505.85

1,011.70

1,517.55

2,023.40

2,529.25

3,035.10

Por: Factor de actualización 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519

Igual:

Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007


$582.69


$1,165.38


$1,748.07


$2,330.75


$2,913.44


$3,496.13

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Crédito fiscal mensual por inversiones realizadas de 1998 a 2007


$505.85


$505.85


$505.85


$505.85


$505.85


$505.85

Por:

Número de meses que comprende el pago provisional

7

8

9

10

11

12


Igual:

Crédito fiscal del período por inversiones realizadas de 1998 a 2007


3,540.95


4,046.80


4,552.65


5,058.50


5,564.35


6,070.20

Por: Factor de actualización 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519

Igual:

Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007

$4,078.82

$4,661.51

$5,244.20

$5,826.89

$6,409.57

$6,992.26

CONSTRUCCIÓN OFICINAS

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Crédito fiscal mensual por inversiones realizadas de 1998 a 2007


$453.98


$453.98


$453.98


$453.98


$453.98


$453.98

Por:

Número de meses que comprende el pago provisional   1

2

3

4

5

6


Igual:

Crédito fiscal del período por inversiones realizadas de 1998 a 2007


453.98


907.96


1,361.94


1,815.92


2,269.90


2,723.88

Por: Factor de actualización 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519


Igual:

Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007


$522.94


$1,045.88


$1,568.82


$2,091.76


$2,614.70


$3,137.64

 

   Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Crédito fiscal mensual por inversiones realizadas de 1998 a 2007


$453.98


$453.98


$453.98


$453.98


$453.98


$453.98

Por: Número de meses que comprende el pago provisional  


7  


8


9


10


11


12


Igual:

Crédito fiscal del período por inversiones realizadas de 1998 a 2007


3,177.86  


3,631.84


4,085.82


4,539.80


4,993.78


5,447.76

Por: Factor de actualización 1.1519   1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519

Igual:

Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007

$3,660.58

 

$4,183.52

$4,706.46

$5,229.40

$5,752.34

$6,275.27

CRÉDITO FISCAL DEL PERÍODO ACTUALIZADO POR INVERSIONES REALIZADAS DE 1998 A 2007

  Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007 de Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
    Máquina de serigrafía $338.89   $677.78   $0.00   $0.00   $0.00   $0.00  
Más: Construcción talleres 582.69   1,165.38   1,748.07   2,330.75   2,913.44   3,496.13  

Más:
Construcción oficinas 522.94   1,045.88   1,568.82   2,091.76   2,614.70   3,137.64  

Igual:

 
Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007

$1,444.52

 

$2,889.04

 

$3,316.89

 

$4,422.51

 

$5,528.14

 

$6,633.77

 

 

  Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007 de Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Máquina de serigrafía $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00
Más: Construcción talleres 4,078.82 4,661.51 5,244.20 5,826.89 6,409.57 6,992.26
Más: Construcción oficinas 3,660.58 4,183.52 4,706.46 5,229.40 5,752.34 6,275.27

Igual:

Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007

$7,739.40

$8,845.03

$9,950.66

$11,056.29

$12,161.91

$13,267.53

Para el ejercicio, bastará con actualizar el crédito anual de cada inversión, salvo el de la máquina de serigrafía el cual se tomará con base en el crédito que sí pudo aplicarse durante el ejercicio (enero y febrero) antes de su venta.

CRÉDITO FISCAL DEL EJERCICIO ACTUALIZADO POR INVERSIONES REALIZADAS DE 1998 A 2007

   Concepto Máquina de serigrafía Construcción talleres Construcción oficinas Total
  Crédito fiscal por inversiones realizadas de 1998 a 2007 $677.78 $6,070.18 $5,447.79  
Por: Factor de actualización No aplica 1.1553 1.1553  


Igual:

Crédito fiscal del ejercicio actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007


$677.78


$7,012.88


$6,293.83


$13,984.49

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL EJERCICIO

   Concepto Importe
  INPC del sexto mes del ejercicio en que se aplique el crédito fiscal (junio 2011) 100.0410
Entre: INPC de diciembre 2007 86.5881
Igual: Factor de actualización del ejercicio 1.1553

2.2. Inventarios a diciembre 2007

Tomando como base el valor de los inventarios de materias primas, producción en proceso y artículos terminados, que al 31 de diciembre de 2007 tuvieron los contribuyentes, podrá determinarse un crédito fiscal acreditable contra el IETU como se muestra enseguida (art. Primero del “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única” –Decreto–, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2007):

CRÉDITO FISCAL MENSUAL POR INVENTARIOS 


Concepto Importe
  Inventarios al 31 de diciembre de 2007 $1,754,680.00
Por: Factor 0.175
Igual: Resultado 307,069.00
Por: Por ciento de acreditamiento 6%
Igual: Crédito fiscal del ejercicio por inventarios 18,424.14
Entre: Doce 12
Igual: Crédito fiscal mensual por inventarios $1,535.35

El importe mensual se actualizará y elevará al número de meses que corresponde a cada pago provisional.

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA PAGOS PROVISIONALES

   Concepto Importe
  INPC del último mes del ejercicio inmediato anterior en que se aplica (diciembre 2010) 99.7421
Entre: INPC de diciembre 2007 86.5881
Igual: Factor de actualización para pagos provisionales 1.1519

CRÉDITO FISCAL DEL PERÍODO ACTUALIZADO POR INVENTARIOS

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Crédito fiscal mensual por inventarios

$1,535.35

$1,535.35

$1,535.35

$1,535.35

$1,535.35

$1,535.35

Por:

Número de meses que comprende el pago provisional

1

2

3

4

5

6

Igual:

Crédito fiscal del período por inventarios

1,535.35

3,070.70

4,606.05

6,141.40

7,676.75

9,212.10

Por: Factor de actualización 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519


Igual:

Crédito fiscal del período actualizado por inventarios


$1,768.57


$3,537.14


$5,305.71


$7,074.28


$8,842.85


$10,611.42

 

   Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Crédito fiscal mensual por inventarios

$1,535.35

$1,535.35

$1,535.35

$1,535.35

$1,535.35

$1,535.35

Por: Número de meses que comprende el pago provisional

7

8

9

10

11

12

Igual: Crédito fiscal del período por inventarios 10,747.45 12,282.80 13,818.15 15,353.50 16,888.85 18,424.20
Por: Factor de actualización 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519 1.1519


Igual:

Crédito fiscal del período actualizado por inventarios


$12,379.99


$14,148.56


$15,917.13


$17,685.70


$19,454.27


$21,222.84

Para el IETU del ejercicio, el crédito fiscal del mismo se actualizará hasta junio de 2011.

CRÉDITO FISCAL DEL EJERCICIO ACTUALIZADO POR INVENTARIOS

   Concepto Importe
  Crédito fiscal del ejercicio por inventarios $18,424.14
Por: Factor de actualización 1.1553
Igual: Crédito fiscal del ejercicio actualizado por inventarios $21,285.41

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA EL EJERCICIO 2011

  Concepto Importe
  INPC del sexto mes del ejercicio en que se aplica (junio 2011) 100.0410
Entre: INPC de diciembre 2007 86.5881
Igual: Factor de actualización para el ejercicio 2011 1.1553

2.3. Crédito por nómina

Una de las principales diferencias entre el ISR y el IETU, es la deducibilidad de los sueldos, salarios y las cuotas de seguridad social pagadas por el empleador; permitida en la LISR pero restringida para el IETU (arts. Quinto, fracción I; Octavo, penúltimo párrafo y 10 penúltimo párrafo de la LIETU).

Si bien la LIETU permite determinar un crédito fiscal acreditable contra el impuesto en pagos provisionales y en el ejercicio, el efecto de ello no es el mismo que si se permitiera su aplicación como una deducción autorizada. Algunos puntos prueba de ello son:

  • para determinar dicho crédito, sólo se toman los pagos por sueldos y salarios que sean un ingreso gravado para el trabajador, por lo que por ejemplo, los pagos por horas extras exentas o aguinaldo exento no tendrán efecto en el IETU a pesar de ser gastos efectivamente erogados
  • es un crédito aplicable directamente sólo contra el impuesto del mismo ejercicio en que se eroguen dichos gastos, por lo que de no poder aplicarse en su totalidad, el remanente se perderá. Esto no sucedería si se considerara como una deducción autorizada, pues si las deducciones (incluyendo los salarios) superan a los ingresos, ese exceso de deducciones permitiría obtener un crédito amortizable hasta en los siguientes 10 ejercicios

Así, sólo se consideran los pagos gravados para los trabajadores y las aportaciones de seguridad social a cargo del empleador para obtener el siguiente resultado para pagos provisionales y del ejercicio.

CRÉDITO IETU POR SALARIOS ACUMULADO DEL PERÍODO

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Sueldos y salarios $148,500.41 $146,010.58 $147,433.34 $146,899.80 $148,144.72 $147,611.18
Más: Horas extras gravadas $4,765.36 $4,685.46 $4,731.12 $4,714.00 $4,753.95 $4,736.83
Más: Aguinaldo gravado 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Más: Prima vacacional gravada 1,841.43 1,810.55 1,828.19 1,821.58 1,837.01 1,830.40
Más: Indemnizaciones gravadas 5,304.59 5,215.65 5,266.47 5,247.41 5,291.88 5,272.82
Igual: Contraprestaciones gravadas del periodo 160,411.79 157,722.24 159,259.12 158,682.79 160,027.56 159,451.23
Por: Factor 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175
Igual: Crédito IETU por salarios 28,072.06 27,601.39 27,870.35 27,769.49 28,004.82 27,903.97
Más: Crédito IETU por salarios de meses anteriores 0.00 28,072.06 55,673.45 83,543.80 111,313.29 139,318.11

Igual:

Crédito IETU por salarios acumulado del período

$28,072.06

$55,673.45

$83,543.80

$111,313.29

$139,318.11

$167,222.08

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Sueldos y salarios $150,278.86 $145,121.36 $145,832.74 $148,144.72 $143,165.06 $161,305.23
Más: Horas extras gravadas $4,822.43 $4,656.93 $4,679.76 $4,753.95 $4,594.15 $5,176.27
Más: Aguinaldo gravado 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 440,574.00
Más: Prima vacacional gravada 1,863.48 1,799.52 1,808.35 1,837.01 1,775.27 2,000.21
Más: Indemnizaciones gravadas 5,368.12 5,183.88 5,209.30 5,291.88 5,114.00 5,761.99
Igual: Contraprestaciones gravadas del periodo 162,332.89 156,761.69 157,530.15 160,027.56 154,648.48 614,817.70
Por: Factor 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175
Igual: Crédito IETU por salarios 28,408.26 27,433.30 27,567.78 28,004.82 27,063.48 107,593.10
Más:   Crédito IETU por salarios de meses anteriores 167,222.08 195,630.34 223,063.64 250,631.42 278,636.24 305,699.72

Igual:

Crédito IETU por salarios acumulado del período

$195,630.34

$223,063.64

$250,631.42

$278,636.24

$305,699.72

$413,292.82

CRÉDITO IETU POR CONTRIBUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL ACUMULADO AL PERÍODO

   Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Cuotas IMSS, SAR e Infonavit a cargo del patrón

$48,709.37

$47,892.69

$48,359.36

$48,184.36

  $48,592.70

$48,417.70

Por: Factor 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175

Igual:

Crédito IETU por contribuciones de seguridad social del mes

8,524.14

8,381.22

8,462.89

8,432.26

8,503.72

8,473.10


Más:

Crédito IETU por contribuciones de seguridad social de meses anteriores


0.00


8,524.14


16,905.36


25,368.25


33,800.51


42,304.23

Igual:

Crédito IETU por contribuciones de seguridad social acumulado al período

$8,524.14

$16,905.36

$25,368.25

$33,800.51

$42,304.23

$50,777.33

 

   Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Cuotas IMSS, SAR e Infonavit a cargo del patrón

$49,292.72

$47,601.01

$47,834.35

$48,592.70

$46,959.33

$52,909.46

Por: Factor 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175 0.175

Igual:

Crédito IETU por contribuciones de seguridad social del mes

8,626.23

8,330.18

8,371.01

8,503.72

8,217.88

9,259.16


Más:

Crédito IETU por contribuciones de seguridad social de meses anteriores


50,777.33


59,403.56


67,733.74


76,104.75


84,608.47


92,826.35

Igual:

Crédito IETU por contribuciones de seguridad social acumulado al período

$59,403.56

$67,733.74

$76,104.75

$84,608.47

$92,826.35

$102,085.51

2.4. Pagos provisionales

Considerando los créditos determinados en los puntos anteriores así como los ingresos y gastos efectivamente cobrados y erogados, respectivamente, la empresa “Operadora del Centro, S.A. de C.V.” realizó los pagos provisionales del ejercicio.

Para ello cabe recordar que no son objeto del IETU (art. 4 de la LIETU):

  • los intereses por operaciones de financiamiento o de mutuo que no se consideren parte del precio del bien o servicio
  • las operaciones financieras derivadas, cuando la enajenación del subyacente no esté afecto al pago del IETU
  • el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes entre partes relacionadas residentes en México o en el extranjero que den lugar al pago de regalías

INGRESOS GRAVADOS PARA IETU ACUMULADOS DEL PERÍODO

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
    Cobranza por ventas a crédito $364,657.00 $375,321.00 $382,609.00 $370,000.00 $362,363.00 $366,297.00
Más: Ventas de contado 1,047,393.00 903,701.00 1,462,491.00 1,074,634.00 1,439,904.00 1,059,824.00
Más: Ingresos por servicios 501,356.00 420,285.00 445,343.00 329,885.00 405,523.00 413,569.00
Más: Ingresos por arrendamiento 168,679.00 168,679.00 168,679.00 168,679.00 168,679.00 168,679.00
Más: Contraprestación por enajenación de activos 0.00 $0.00 $315,000.00 0.00 0.00 0.00
Más: Contraprestación por enajenación de terrenos 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Igual   Ingresos gravados para el IETU 2,082,085.00 1,867,986.00 2,774,122.00 1,943,198.00 2,376,469.00 2,008,369.00
Más: Ingresos gravados de períodos anteriores 0.00 2,082,085.00 3,950,071.00 6,724,193.00 8,667,391.00 11,043,860.00

Igual:

Ingresos gravados para IETU acumulados del período

$2,082,085.00

$3,950,071.00

$6,724,193.00

$8,667,391.00

$11,043,860.00

$13,052,229.00

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
    Cobranza por ventas a crédito $375,784.00 $394,526.00 $368,611.00 $354,959.00 $363,521.00 $351,488.00
Más: Ventas de contado 1,033,475.00 1,444,770.00 1,012,722.00 1,119,603.00 1,038,853.00 1,073,633.00
Más: Ingresos por servicios 465,795.00 417,447.00 425,362.00 436,372.00 433,336.00 439,200.00
Más: Ingresos por arrendamiento 181,166.00 181,166.00 181,166.00 181,166.00 181,166.00 181,166.00
Más: Contraprestación por enajenación de activos 0.00 0.00 $380,000.00 0.00 0.00 0.00
Más: Contraprestación por enajenación de terrenos 0.00 0.00 0.00 0.00 1,250,400.00 0.00
Igual: Ingresos gravados para el IETU 2,056,220.00 2,437,909.00 2,367,861.00 2,092,100.00 3,267,276.00 2,045,487.00
Más: Ingresos gravados de períodos anteriores 13,052,229.00 15,108,449.00 17,546,358.00 19,914,219.00 22,006,319.00 25,273,595.00

Igual:

Ingresos gravados para IETU acumulados del período

$15,108,449.00

$17,546,358.00

  $19,914,219.00

$22,006,319.00

$25,273,595.00

$27,319,082.00

DEDUCCIONES DEL IETU ACUMULADAS DEL PERÍODO

   Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Compras de mercancías $535,326.77 $532,121.22 $536,608.99 $525,710.12 $525,710.12 $539,814.54
  Devoluciones, rebajas, descuentos y bonificaciones 7,135.91 7,093.18 7,153.00 7,007.72 7,007.72 7,195.73
  Honorarios a sociedades mercantiles 32,733.50 32,537.49 32,811.91 32,145.48 32,145.48 33,007.92
Más: Honorarios personas físicas 31,528.26 31,339.47 31,603.78 30,961.89 30,961.89 31,792.57
Más: Compra de activo fijo 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 684,890.00
Más: Impuesto sobre nóminas 6,322.88 6,285.02 6,338.02 6,209.29 6,209.29 6,375.89
Más: Consumos en restaurante 283.24 281.55 283.92 278.15 278.15 285.62
Más: Combustible y lubricantes 3,648.62 3,626.77 3,657.36 3,583.07 3,583.07 3,679.20
Más: Cuotas y suscripciones 409.07 406.62 410.05 401.72 401.72 412.50
Más: Fletes y acarreos 13,012.47 12,934.55 13,043.64 12,778.72 12,778.72 13,121.56
Más: Viáticos y gastos de viaje 6,422.15 6,383.70 6,437.53 6,306.78 6,306.78 6,475.99
Más: Luz 25,256.25 25,105.01 25,316.74 24,802.54 24,802.54 25,467.97
Más: Teléfonos 19,088.77 18,974.46 19,134.49 18,745.86 18,745.86 19,248.79
Más: Mantenimiento 6,507.99 6,469.02 6,523.58 6,391.08 6,391.08 6,562.55
Más: Papelería y útiles de oficina 5,720.75 5,686.50 5,734.45 5,617.98 5,617.98 5,768.71
Más: Seguros y fianzas 8,454.96 8,404.33 8,475.21 8,303.07 8,303.07 8,525.84
Más: Publicidad 28,156.03 27,987.43 28,223.47 27,650.24 27,650.24 28,392.07
Más: Agua 19,286.00 19,170.51 19,332.19 18,939.54 18,939.54 19,447.67
Más: Recargos 0.00 0.00 684.00 0.00 0.00 745.00
Más: Comisiones 7,972.58 7,924.84 7,991.68 7,829.36 7,829.36 8,039.42
Más: Otros gastos 10,948.44 10,882.88 10,974.66 10,751.76 10,751.76 11,040.22
Igual: Deducciones del IETU 768,214.63 763,614.54 770,738.67 754,414.37 754,414.37 1,460,289.75
Más: Deducciones del IETU de períodos anteriores 0.00 768,214.63 1,531,829.17 2,302,567.84 3,056,982.21 3,811,396.58
Igual:   Deducciones del IETU acumuladas del período

$768,214.63

$1,531,829.17

$2,302,567.84

$3,056,982.21

$3,811,396.58

$5,271,686.33

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Compras de mercancías $525,069.01 $528,274.56 $539,173.43 $544,302.31 $526,992.34 $551,995.62
  Devoluciones, rebajas, descuentos y bonificaciones 6,999.17 7,041.90 7,187.19 7,255.55 7,024.81 7,358.11
  Honorarios a sociedades mercantiles 32,106.27 32,302.28 32,968.71 33,282.33 32,223.88 33,752.75
Más: Honorarios personas físicas 30,924.13 31,112.92 31,754.81 32,056.88 31,037.40 32,509.98
Más: Compra de activo fijo 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Más: Impuesto sobre nóminas 6,201.72 6,239.58 6,368.31 6,428.89 6,224.44 6,519.76
Más: Consumos en restaurant 277.81 279.51 285.28 287.99 278.83 292.06
Más: Combustible y lubricantes 3,578.70 3,600.55 3,674.83 3,709.79 3,591.81 3,762.23
Más: Cuotas y suscripciones 401.23 403.68 412.01 415.93 402.70 421.80
Más: Fletes y acarreos 12,763.13 12,841.05 13,105.98 13,230.65 12,809.88 13,417.65
Más: Viáticos y gastos de viaje 6,299.09 6,337.55 6,468.30 6,529.83 6,322.17 6,622.12
Más: Luz 24,772.29 24,923.53 25,437.73 25,679.70 24,863.03 26,042.67
Más: Teléfonos 18,723.00 18,837.30 19,225.93 19,408.82 18,791.58 19,683.15
Más: Mantenimiento 6,383.29 6,422.26 6,554.75 6,617.11 6,406.67 6,710.63
Más: Papelería y útiles de oficina 5,611.13 5,645.39 5,761.86 5,816.67 5,631.69 5,898.88
Más: Seguros y fianzas 8,292.95 8,343.58 8,515.71 8,596.72 8,323.33 8,718.23
Más: Publicidad 27,616.52 27,785.12 28,358.35 28,628.11 27,717.68 29,032.75
Más: Agua 18,916.44 19,031.93 19,424.58 19,609.35 18,985.73 19,886.52
Más: Recargos 0.00 0.00 360.00 0.00 0.00 195.00
Más: Comisiones 7,819.81 7,867.55 8,029.87 8,106.25 7,848.46 8,220.83
Más: Otros gastos 10,738.65 10,804.21 11,027.11 11,132.00 10,777.98 11,289.35
Igual: Deducciones del IETU 753,494.35 758,094.44 774,094.74 781,094.88 756,254.40 792,330.09
Más: Deducciones del IETU de períodos anteriores

5,271,686.33

6,025,180.68

6,783,275.12

7,557,369.85

8,338,464.73

9,094,719.13


Igual:
 
Deducciones del IETU acumuladas del período

$6,025,180.68

$6,783,275.12

$7,557,369.85

$8,338,464.73

$9,094,719.13

$9,887,049.22

IETU CAUDADO

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  Ingresos gravados para IETU acumulados del período $2,082,085.00 $3,950,071.00 $6,724,193.00 $8,667,391.00 $11,043,860.00 $13,052,229.00
Menos: Deducciones del IETU acumuladas del período 768214.6309 1531829.174 2302567.84 3056982.208 3811396.576 5271686.33
Igual: Base para el IETU 1,313,870.37 2,418,241.83 4,421,625.16 5,610,408.79 7,232,463.42 7,780,542.67
Por: Tasa 17.5% 17.5% 17.5% 17.5% 17.5% 17.5%
Igual: IETU causado $229,927.31 $423,192.32 $773,784.40 $981,821.54 $1,265,681.10 $1,361,594.97

 

   Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  Ingresos gravados para IETU acumulados del período $15,108,449.00 $17,546,358.00 $19,914,219.00 $22,006,319.00 $25,273,595.00 $27,319,082.00
Menos: Deducciones del IETU acumuladas del período 6025180.68 6783275.118 7557369.854 8338464.73 9094719.134 9887049.22
Igual: Base para el IETU 9,083,268.32 10,763,082.88 12,356,849.15 13,667,854.27 16,178,875.87 17,432,032.78
Por: Tasa 17.5% 17.5% 17.5% 17.5% 17.5% 17.5%
Igual: IETU causado $1,589,571.96 $1,883,539.50 $2,162,448.60 $2,391,874.50 $2,831,303.28 $3,050,605.74

Para obtener el impuesto a pagar, una vez aplicados los créditos fiscales mencionados en los puntos anteriores, se determinará el ISR propio acreditable contra el IETU, que se compone del ISR efectivamente pagado, el retenido, el liquidado con el acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) o mediante compensación en términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

No se tomará como ISR propio el cubierto mediante acreditamientos o reducciones, como por ejemplo con el subsidio para el empleo.

ISR PROPIO POR ACREDITAR DEL PERÍODO CONTRA EL IETU

   Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  ISR pagado (acumulado) $52,001.41 $188,083.84 $383,149.01 $528,729.63 $712,947.88 $713,661.17
Más: ISR retenido por bancos (acumulado) 722.97 1,431.35 2,180.26 2,911.68 3,607.32 4,315.70
Más: Impuesto a los depósitos en efectivo retenido y efectivamente acreditado contra el ISR (acumulado) 17,650.00 38,214.90 55,864.90 73,514.90 91,164.90 108,814.90
Igual: ISR propio por acreditar del período contra el IETU $70,374.38 $227,730.09 $441,194.17 $605,156.21 $807,720.10 $826,791.77

 

  Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  ISR pagado (acumulado) $885,857.42 $1,075,166.40 $1,262,303.34 $1,400,995.77 $1,601,577.61 $1,764,730.70
Más: ISR retenido por bancos (acumulado) 5,071.14 5,800.78 6,530.39 7,260.01 7,991.74 8,723.83
Más: Impuesto a los depósitos en efectivo retenido y efectivamente acreditado contra el ISR (acumulado) 126,464.90 144,114.90 161,764.90 179,414.90 197,064.90 214,714.90
Igual: ISR propio por acreditar del período contra el IETU $1,017,393.46 $1,225,082.08 $1,430,598.63 $1,587,670.68 $1,806,634.25 $1,988,169.43

IETU A PAGAR EN EL PAGO PROVISIONAL

  Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio
  IETU causado $229,927.31 $423,192.32 $773,784.40 $981,821.54 $1,265,681.10 $1,361,594.97
Menos: Crédito IETU por salarios acumulado del período 28,072.06 55,673.45 83,543.80 111,313.29 139,318.11 167,222.08
Menos: Crédito IETU por contribuciones de seguridad social acumulado al período 8,524.14 16,905.36 25,368.25 33,800.51 42,304.23 50,777.33
Menos: Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007 1,444.52 2,889.04 3,316.89 4,422.51 5,528.14 6,633.77
Menos: Crédito fiscal del período actualizado por inventarios 1,768.57 3,537.14 5,305.71 7,074.28 8,842.85 10,611.42
Menos: ISR propio por acreditar del período contra el IETU 70,374.38 227,730.09 441,194.17 605,156.21 807,720.10 826,791.77
Igual: IETU a cargo 119,743.64 116,457.24 215,055.58 220,054.74 261,967.67 299,558.60
Menos: Pagos provisionales del IETU de períodos anteriores 0.00 119,743.64 119,743.64 215,055.58 220,054.74 261,967.67
Igual: IETU a pagar en el pago provisional $119,743.64   $0.00   $95,311.94   $4,999.16   $41,912.93   $37,590.93  

 

   Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre
  IETU causado $1,589,571.96 $1,883,539.50 $2,162,448.60 $2,391,874.50 $2,831,303.28 $3,050,605.74
Menos: Crédito IETU por salarios acumulado del período 195,630.34 223,063.64 250,631.42 278,636.24 305,699.72 413,292.82
Menos: Crédito IETU por contribuciones de seguridad social acumulado al período 59,403.56 67,733.74 76,104.75 84,608.47 92,826.35 102,085.51
Menos: Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007 7,739.40 8,845.03 9,950.66 11,056.29 12,161.91 13,267.53
Menos: Crédito fiscal del período actualizado por inventarios 12,379.99 14,148.56 15,917.13 17,685.70 19,454.27 21,222.84
Menos: ISR propio por acreditar del período contra el IETU 1,017,393.46 1,225,082.08 1,430,598.63 1,587,670.68 1,806,634.25 1,988,169.43
Igual: IETU a cargo 297,025.21 344,666.45 379,246.01 412,217.12 594,526.78 512,567.61
Menos: Pagos provisionales del IETU de períodos anteriores 299,558.60 299,558.60 344,666.45 379,246.01 412,217.12 594,526.78
Igual: IETU a pagar en el pago provisional $0.00 $45,107.85 $34,579.56 $32,971.11 $182,309.66 $0.00

2.5. IETU del ejercicio

Con estos datos se obtiene el impuesto del ejercicio:

IETU DEL EJERCICIO

  Concepto Importe
  Cobranza por ventas a crédito $4,430,136.00
Más: Ventas de contado 13,711,003.00
Más: Ingresos por servicios 5,133,473.00
Más: Ingresos por arrendamiento 2,099,070.00
Más: Contraprestación por enajenación de actives 695,000.00
Más: Contraprestación por enajenación de terrenos 1,250,400.00
Igual: Ingresos gravados para IETU del ejercicio 27,319,082.00
Menos: Deducciones del IETU del ejercicio 9,887,049.22
Igual: Base para el IETU 17,432,032.78
Por: Tasa 17.5%
Igual: IETU causado 3,050,605.74
Menos: Crédito IETU por salarios acumulado del período 413,292.82
Menos: Crédito IETU por contribuciones de seguridad social acumulado al período 102,085.51
Menos: Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007 (Máquina de serigrafía) 677.78
Menos: Crédito fiscal del período actualizado por inversiones realizadas de 1998 a 2007 (construcción) 13,306.71
Menos: Crédito fiscal del período actualizado por inventarios 21,285.41
Igual: IETU a cargo 2,499,957.51
Menos: ISR propio por acreditar del período contra el IETU 2,499,957.51
Igual: IETU del ejercicio $0.00

Los acreditamiento aplicados contra el IETU no podrán ser superiores a este, por lo que no es factible que generen saldos a favor.

Así, del total del ISR propio acreditable del ejercicio por $3,142,701.83, sólo se acreditan $2,499,957.51, para cubrir el IETU.

ISR PROPIO POR ACREDITAR DEL PERÍODO CONTRA EL IETU

  Concepto Importe
  ISR pagado en la declaración anual $1,154,532.40
  ISR pagado en los pagos provisionales 1,764,730.70
Más: ISR retenido por bancos 8,723.83
Más: Impuesto a los depósitos en efectivo retenido y efectivamente acreditado contra el ISR
214,714.90
Igual: ISR propio por acreditar del período contra el IETU $3,142,701.83

El IETU del ejercicio se cubrió con los acreditamientos aplicados, por lo que los pagos provisionales que se realizaron durante el ejercicio de $594,526.78 generan un saldo a favor, el cual puede solicitarse en  devolución o compensarse contra otros impuestos federales.

No obstante, para evitar un desembolso innecesario, los contribuyentes pueden optar por compensar contra el ISR a cargo de la declaración anual, los pagos provisionales del IETU efectivamente enterados. El ISR así cubierto se considerará ISR propio (art. Octavo, cuarto párrafo de la LIETU y regla I.4.3.1. de la RMISC 2012). Quienes apliquen esta opción:

  • no podrán acreditar contra el IETU del ejercicio, los pagos provisionales del citado impuesto que hubieran compensado contra el ISR  ni solicitar su devolución
  • quedarán relevados de presentar el aviso de compensación

La compensación deberá realizarse a través del portal bancario al cubrir el ISR del ejercicio (aun y cuando éste se cubra totalmente con dicha compensación). Por otra parte, en el programa electrónico DEM_12, se manifestará el monto de los pagos provisionales efectivamente pagados del IETU, cuyo excedente al IETU del ejercicio quedará reflejado como un saldo a favor. Si el contribuyente opta por compensar estos pagos contra el ISR del ejercicio, el monto de esos pagos provisionales compensados no será un saldo a favor del IETU aun cuando se hubiera manifestado como tal en la declaración.

IETU A FAVOR EN LA DECLARACIÓN ANUAL

   Concepto Importe
  Pagos provisionales del IETU del ejercicio $594,526.78
Menos: Pagos provisionales del IETU del ejercicio compensados contra el ISR 594,526.78
Igual: IETU a favor en la declaración anual $0.00

ISR A PAGAR

   Concepto Importe
  ISR a pagar en la declaración del ejercicio $1,154,532.40
Menos: Pagos provisionales del IETU del ejercicio compensados contra el ISR 594,526.78
Igual: ISR a pagar $560,005.62

Con ello el contribuyente sólo enterará la diferencia del ISR a su cargo del ejercicio por $560,005.62.

3. PÉRDIDAS PENDIENTES DE AMORTIZAR 2005-2007

Aunque no se da el caso para la empresa “Operadora del Centro, S.A. de C.V.”, existe otro estímulo fiscal para los contribuyentes que al 1o de enero de 2008 contarán con pérdidas fiscales pendientes de amortizar provenientes de alguno de los ejercicios de 2005 a 2007 siempre que se hubieran generado por erogaciones en inversiones de activo fijo deducidas bajo alguno de los siguientes supuestos (art. Segundo del Decreto):

  • mediante la deducción inmediata en términos del artículo 220 de la LISR
  • conforme al artículo 136 de la LISR
  • terrenos en términos del artículo 225 de la LISR

Para ejemplificar cómo se determina y aplica este estímulo, considérese el caso de la empresa “Comunicaciones ITN, S.A de C.V.”, que en el ejercicio 2007 obtuvo una pérdida fiscal que deriva de la deducción inmediata de un activo fijo en dicho ejercicio como se muestra enseguida:

PÉRDIDA DEL EJERCICIO 2007

  Concepto Importe
  Ingresos acumulables del ejercicio $34,562,104.00
Menos: Deducciones autorizadas (sin deducción inmediata) 33,450,564.00
Igual: Resultado 1,111,540.00
Menos: Deducción inmediata aplicada en el ejercicio 1,568,763.56
Igual: Pérdida del ejercicio 2007 $457,223.56

Se determinará la deducción inmediata ajustada, la cual equivale a la diferencia entre la deducción inmediata del ejercicio en que se obtuvo la pérdida  y la depreciación que le correspondería al bien de haberse deducido en términos de los artículos 40 o 41 de la LISR.

DEDUCCIÓN INMEDIATA APLICADA EN EL EJERCICIO 2007

  Concepto Importe
  Fecha de adquisición 05/06/2007
  Concepto Equipo de comunicación
  MOI $2,102,500.00
Por: Factor de actualización 1.0083
Igual: MOI ajustado 2,119,950.75
Por: Por ciento de deducción inmediata 74%
Igual: Deducción inmediata aplicada en el ejercicio 2007 $1,568,763.56

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN

  Concepto Importe
  INPC del último mes de la primera mitad del período transcurrido entre la fecha de la inversión y el cierre del ejercicio (agosto 2007) 84.6379
Entre: INPC del mes de adquisición (junio 2007) 83.9380
Igual: Factor de actualización 1.0083

DEPRECIACIÓN ACTUALIZADA DEL EJERCICIO CONFORME AL ARTÍCULO 37 DE LISR

  Concepto Importe
  MOI $2,102,500.00
Por: Por ciento de depreciación 10%
Igual: Depreciación del ejercicio 210,250.00
Entre: Doce 12
Igual: Depreciación mensual 17,520.83
Por: Meses completos de uso en el ejercicio 6
Igual: Depreciación histórica del ejercicio 105,124.98
Por: Factor de actualización 1.0083
Igual: Depreciación actualizada del ejercicio conforme al artículo 37 de LISR $105,997.52

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN

   Concepto Importe
  INPC del último mes de la primera mitad del período de utilización (agosto de 2007) 84.6379
Entre: INPC del mes de adquisición (junio 2007) 83.9380
Igual: Factor de actualización 1.0083

DEDUCCIÓN INMEDIATA AJUSTADA

   Concepto Importe
  Deducción inmediata aplicada en el ejercicio 2007 $1,568,763.56
Menos: Depreciación actualizada del ejercicio conforme al artículo 37 de la LISR 105,997.52
Igual: Deducción inmediata ajustada $1,462,766.04

La base para determinar el crédito fiscal por pérdidas pendientes de amortizar a 2008, será el importe menor de la deducción inmediata ajustada y la pérdida del ejercicio.

   Concepto Importe
  Pérdida del ejercicio 2007 $457,223.56
Contra: Deducción inmediata ajustada $1,462,766.04

La pérdida del ejercicio 2007 es menor a la deducción inmediata ajustada, por lo tanto se tomará la primera para determinar el crédito.

RESULTADO DE LA FRACCIÓN I, DEL ARTÍCULO SEGUNDO DEL DECRETO

  Concepto Importe
  Pérdida del ejercicio 2007 $457,223.56
Por: Factor de actualización 1.0272
Igual: Resultado de la fracción I, del artículo Segundo del Decreto $469,660.04

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN

   Concepto Importe
  INPC de diciembre de 2007 86.5881
Entre: INPC del primer mes de la segunda mitad del ejercicio en el que se obtuvo la pérdida (julio 2007) 84.2945
Igual: Factor de actualización 1.0272

CRÉDITO FISCAL DEL EJERCICIO POR PÉRDIDAS 2005-2007

  Concepto Importe
  Resultado de la fracción I, del artículo Segundo del Decreto $469,660.04
Por: Factor 0.175
Igual: Resultado 82,190.51
Por: Por ciento de acreditamiento 5%
Igual: Crédito fiscal del ejercicio por pérdidas 2005-2007 $4,109.53

Al igual que en otros créditos, la aplicación de éste en los pagos provisionales se realizará en la proporción mensual que represente el número de meses del pago que se determina. A continuación se ejemplifica sólo el cálculo de los pagos de enero y febrero 2011.

CRÉDITO FISCAL MENSUAL POR PÉRDIDAS 2005-2007

  Concepto Importe
  Crédito fiscal del ejercicio por pérdidas 2005-2007 $4,109.53
Entre: Doce 12
Igual: Crédito fiscal mensual por pérdidas 2005-2007 $342.46

FACTOR DE ACTUALIZACIÓN PARA PAGOS PROVISIONALES

  Concepto Importe
  INPC del último mes del ejercicio inmediato anterior en que se aplica (diciembre 2010) 99.7421
Entre: INPC de diciembre 2007 86.5881
Igual: Factor de actualización para pagos provisionales 1.1519

CRÉDITO FISCAL DEL PERÍODO ACTUALIZADO POR PÉRDIDAS 2005-2007

  Concepto Enero Febrero
  Crédito fiscal mensual por pérdidas 2005-2007 $342.46 $342.46
Por: Número de meses que comprende el pago provisional 1 2
Igual: Crédito fiscal del período por pérdidas 2005-2007 342.46 684.92
Por: Factor de actualización 1.1519 1.1519
Igual: Crédito fiscal del período actualizado por pérdidas 2005-2007 $394.48   $788.96

Para su acreditamiento contra el IETU del ejercicio se obtiene el siguiente resultado:

FACTOR DE ACTUALIZCIÓN PARA EL EJERCICIO

   Concepto Importe
  INPC del sexto mes del ejercicio fiscal en el que se aplica (junio 2011) 100.041
Entre: INPC de diciembre 2007 86.5881
Igual: Factor de actualización para el ejercicio 1.1553

CRÉDITO FISCAL DEL EJERCICIO ACTUALIZADO POR PÉRDIDAS 2005-2007

   Concepto Enero
  Crédito fiscal del ejercicio por pérdidas 2005-2007 $4,109.53
Por: Factor de actualización 1.1553
Igual: Crédito fiscal del ejercicio actualizado por pérdidas 2005-2007 $4,747.74  

Debe tenerse presente que el crédito dejará de aplicarse cuando las inversiones que generaron las pérdidas se enajenen o dejen de ser útiles para obtener los ingresos.

4. CONCLUSIONES

Para determinar correctamente el IETU a cargo del ejercicio 2011, es imprescindible conocer las partidas deducibles, los acreditamientos que pueden realizarse así como su interacción con el ISR anual, pues el descuido en alguno de estos puntos generaría cargas innecesarias al contribuyente o la imposición de multas por una mala aplicación de estímulos fiscales.