Subsidio a la tenencia en el Estado de México

Las personas físicas y las morales sin fines lucrativos podrán gozar del estímulo respecto de automóviles cuyo valor no exceda de $350,000.00

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 .  (Foto: IDC online)

En la Gaceta de Gobierno del Estado de México del 19 de diciembre de 2011 se dio a conocer el Acuerdo mediante el cual se otorga el subsidio del pago del ISTUV cuyos puntos más relevantes son los siguientes:

Sujetos beneficiados con el subsidio

  • personas físicas y morales sin fines de lucro que cuenten con domicilio en la Entidad, tenedores o usuarios de vehículos con valor de hasta $350,000.00, gozarán de un subsidio del 100%,  así como por las motocicletas cuyo importe no exceda de $100,000.00.
  • los transportistas concesionarios o permisionarios autorizados por la Secretaría de Transporte del Gobierno del EDOMEX, por los vehículos destinados al servicio público de transporte, sin importar el valor factura
  • los propietarios de embarcaciones con capacidad de cuatro o más pasajeros, que presten servicios turísticos, con permiso expedido por las autoridades de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de conformidad con la Ley de Navegación y Comercio Marítimos

Requisitos para obtener el subsidio

  • acreditar la residencia en la entidad. Quienes inscriban por primera vez el vehículo por el cual se otorga el beneficio en el Registro Estatal de Vehículos, comprobarán su residencia en la entidad por lo menos seis meses antes a la fecha de solicitud del subsidio
  • las personas morales sin fines de lucro, solicitarán la aplicación del subsidio mediante escrito libre que presentarán ante la Dirección General de Recaudación de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno, demostrando que sus obligaciones fiscales se encuentran activas ante el SAT
  • estar al corriente en el pago del  ISTUV tanto local y federal vigentes en 2011, y ejercicios anteriores, por los últimos cinco años contados a partir del ejercicio en que se aplique el beneficio
  • de no se estar al corriente en las obligaciones fiscales estatales y/o impuestos coordinados con la Federación o Municipios que el EDOMEX recaude y/o administre en términos de los Convenios de Colaboración Administrativa, con excepción de los previstos en el punto anterior, se manifestará la voluntad de regularizarse previo al cierre del ejercicio en que se aplique el subsidio
  • presentar la solicitud de enero a marzo de cada año a través del portal de pagos de la Secretaría de Finanzas o acudiendo a alguno de los Centros de Servicios Fiscales o Módulos de Atención al Contribuyente para obtener el Formato Universal de Pago correspondiente, manifestando cumplir con lo establecido en los dos puntos anteriores. En cuanto a los vehículos nuevos, la gestión se realizará en el momento de inscribirlo en el Registro
  • pagar los derechos por servicios de control vehicular de enero a marzo de cada año