Si prestas servicios profesionales, realizas actividades empresariales o rentas inmuebles, y tus ingresos en 2011 fueron mayores a un millón de pesos, deberás presentar tus pagos provisionales y definitivos correspondientes a agosto del 2012 y subsecuentes a través del Servicio de Declaraciones y Pagos (SEDEPA).
En el caso de que tus ingresos hubieran sido inferiores a la cifra antes citada, podrás utilizar este sistema, pero una vez ejercida la opción, no podrás variarla durante el ejercicio fiscal.
Fuente: SAT
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