EDOMEX, ¿grava prestación de servicios?

Los servicios en general no están gravados por este impuesto en el EDOMEX

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 .  (Foto: IDC online)

Una persona física residente en el Estado de México contrató a una sociedad domiciliada en el Distrito Federal para capacitar a sus trabajadores. El servicio se brindará en las instalaciones del patrón, quien nos comenta que efectuará una retención por concepto del ISERTP, ¿es correcta la apreciación del contratante, aun cuando nuestra corporación no sea residente en el Estado de México?

No procede la retención, pues a pesar de que la empresa mande a alguien a impartir la capacitación a los trabajadores de la persona física al domicilio de ésta, ubicado en el Estado de México, por ese hecho no se está generando la prestación de trabajo personal dentro de esa entidad, ya que el servicio a contratar consiste únicamente en el adiestramiento de personal, lo que no implica la realización de labores en la residencia del contratante (art. 56, segundo párrafo del CFEDOMEX).