Asesoro fiscalmente a una persona física que tributa en los regímenes de actividad empresarial y arrendamiento. En noviembre dicho contribuyente está obligado a presentar sus pagos provisionales en el nuevo esquema del pago referenciado; ¿al realizar su declaración mensual debe hacer una por cada régimen fiscal?
En lo que respecta al ISR se deberá presentar por cada régimen fiscal; en el caso del IETU e IVA será en una sola declaración. Lo anterior porque la determinación del pago provisional del ISR en la actividad empresarial es conforme a ingresos y deducciones en forma acumulativa del 1o de enero al mes de que se trate, en tanto que para el arrendamiento se toma como base los ingresos y deducciones del mes. En el caso del IETU e IVA será una sola declaración comprendiendo a ambos regímenes.