Disminuyen las facilidades administrativas para 2013

Disminuye el porcentaje de gastos que se pueden deducir sin contar con un comprobantes que no reúnan requisitos fiscales

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 .  (Foto: IDC online)

El SAT dio a conocer la resolución de facilidades administrativas que estarán vigentes en 2013 y que resultan aplicables al sector primario y al sector de autotransporte.

Este documento conserva casi la misma estructura aplicable para 2012, salvo en cuanto a la disminución en los porcentajes de deducciones que los causantes podrán aplicar tal y como se muestra enseguida:

Actividad del contribuyente Concepto Porcentaje 2013
Sector Primario Mano de obra de trabajadores eventuales del campo, alimentación de ganado y gastos menores 14% (antes16%)
Autotransporte de Carga Federal Se permitirá la deducción sin documentación que reúna requisitos fiscales, si se cumplen ciertos requisitos 8% (antes 9%)
Autotransporte Foráneo de Pasaje y Turismo Gastos de viaje, gastos de imagen y limpieza, compras de refacciones de medio uso y reparaciones menores 5% (antes 6%)
Deducción sin documentación que reúna requisitos fiscales, si se cumple con ciertos requisitos 8% (antes 9%)
Autotransporte de Carga de Materiales y de Pasajeros Urbano y Suburbano Pagos a trabajadores eventuales, sueldos o salarios que se le asignen al operador del vehículo, personal de tripulación y macheteros, gastos por maniobras, refacciones de medio uso y reparaciones menores 10% (antes 12%)

En todos los sectores descritos, tratándose del pago de consumos de combustible con medios distintos a cheque, tarjeta o monedero, la deducción será del 20% (antes 27%).

Las deducciones que prevén facilidades se aplicarán hasta por el siguiente importe:

  Total de ingresos acumulables
Menos: Deducciones autorizadas (no sujetas a facilidades)
Igual: Monto de la deducción

 Cuando las deducciones autorizadas conforme a la LISR por las que no se aplican las facilidades a que se refiere la Resolución, sean mayores a los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, no se disminuirá monto alguno por concepto de la deducción.