Controles volumétricos: características

Estos forman parte de la contabilidad de los contribuyentes que enajenan combustibles en establecimientos abiertos al público

Las reglas para los controles volumétricos se ubican en el Anexo 18 de la RMISC
(Foto: PEMEX)
 Las reglas para los controles volumétricos se ubican en el Anexo 18 de la RMISC (Foto: PEMEX)  (Foto: Redacción)

Quienes enajenen gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz o gas licuado de petróleo para combustión automotriz, en establecimientos abiertos al público en general, deberán contar con controles volumétricos y mantenerlos en todo momento en operación.

El control volumétrico se llevará con los equipos autorizados por el SAT (art. 28, fracc. V, CFF y regla I.2.6.1., RMISC 2013).

En esta tesitura, el 4 de enero de 2013 se publicó en el DOF el Anexo 18 en el cual se dan a conocer las características, así como las disposiciones generales de los controles volumétricos, conformado por los siguientes apartados:

  • Equipos para llevar los controles volumétricos
  • Características de:
    • la unidad central de control. Gasolina o diesel
    • equipo de telemedición en tanques. Gasolina o diesel
    • los dispensarios. Gasolina o diesel
  • Impresoras para la emisión de comprobantes de gasolina o diesel, gas licuado de petróleo, y gas natural para combustión automotriz
  • Información:
    • de tanques y su contenido en la unidad central de control. Gasolina o diesel
    • a concentrar de cada medidor de volumen de entrada. Gas licuado de petróleo
    • de dispensarios que deben concentrar en la unidad central de control. Gasolina o diesel
  • Archivo de información al inicio de la operación de los equipos para controles volumétricos. Gasolina y diesel
  • Almacenamiento de los registros de archivo. Gasolina o diesel
  • Obligaciones para mantener en operación los controles volumétricos.
  • Gasolina y diesel
  • Formatos de equipos de control volumétrico
  • Obligación de llevar los equipos de control volumétrico
  • Unidad central de control. Gasolina o diesel
  • Equipo para:
    • medición de volumen suministrado a través de gasoducto
    • control volumétrico de gas natural automotriz
    • enajenar gas licuado de petróleo para combustión automotriz
    • control volumétrico para enajenar gas licuado de petróleo para combustión automotriz
  • Dispensarios. Gas natural para combustión automotriz
  • Concentración de la información en el equipo de medición de volumen suministrado a través de gasoducto
  • Información que debe concentrarse en la unidad central de control. Gas natural para combustión automotriz
  • Almacenamiento de:
    • información al inicio de la operación de equipos para llevar controles volumétricos. Gas natural para combustión automotriz
    • los registros de archivos. Gas natural para combustión automotriz
    • información de dispensarios en la unidad central de control. Gas licuado de petróleo
  • Operación continua de los controles volumétricos de gas natural, y licuado de petróleo
  • Unidad central de control. Gas licuado de petróleo
  • Medidor de volumen de entrada. Gas licuado de petróleo
  • Indicador de carátula de volumen en tanques. Gas licuado de petróleo
  • Dispensarios. Gas licuado de petróleo
  • Controles volumétricos de gas licuado de petróleo al inicio de la operación de los equipos
  • Registro de archivos de cada medidor de volumen de entrada
  • Obligación de garantizar la confiabilidad de la información de controles volumétricos