Alerta con los cheques certificados falsos
Conozca en qué consiste el procedimiento que se lleva a cabo en la Cámara de Compensación, luego de que se deposita un documento salvo buen cobro
Fiscal Contable
Recientemente se ha registrado una nueva modalidad para cometer fraudes con el uso de cheques certificados falsos o robados, al realizarse transacciones entre particulares, en especial en la compra-venta de vehículos. Esta variedad ha tomado gran impulso gracias al desconocimiento de los usuarios de los servicios financieros de la forma en la que operan los cheques certificados, su naturaleza, y sobre todo, el funcionamiento del cobro a través de la cámara de compensación.
La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) regula la emisión de cheques y la operación de la cámara de compensación. Al respecto, establece que el cheque es un título nominativo o al portador, expedido a cargo de una institución de crédito, la cual tiene fondos suficientes en ella para cubrir su valor (arts. 175 y 179).
Dentro de la categoría de los cheques existen formas especiales, y el cheque certificado es una de ellas. La certificación de un cheque se hace con la finalidad de que quien lo libra declare que existe en la cuenta bancaria fondos suficientes para cubrir su pago (art. 199, LGTOC).
Para cobrar un cheque es necesario presentarlo ante la institución financiera a cargo de quien se expidió, sin embargo, no siempre se realiza de la misma manera, pues al ser títulos autorizados por instituciones bancarias, es muy común que se realicen diversas operaciones con ellos. Entonces, su cobro efectivo se puede hacer también a través de depósitos bancarios.
Es en ese momento que surge la compensación, que es el medio por el cual las instituciones bancarias hacen efectivo el cobro de cheques de otras, a partir de un depósito efectuado por sus clientes con un cheque. La Ley de Sistemas de Pagos regula la compensación (la sustitución de los derechos y obligaciones derivadas de transferencias u obligaciones) y liquidación (cargos y abonos de los participantes del sistema financiero), y otorga al Banco de México (Banxico) la exclusiva vigilancia y supervisión de los sistemas que llevan a cabo esas operaciones.
La compensación se hace al final del día, y se lleva a cabo en la Cámara de compensación (operada por Cecoban), que funge como garante de las obligaciones financieras, generadas por las operaciones derivadas de los contratos celebrados entre las instituciones financieras y los usuarios. En el ejercicio de sus funciones se observa la normatividad emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y el Banxico.
En el caso de los cheques, la institución bancaria recibe un depósito para abono en cuenta de un cheque a cargo de otro banco y tramita su compensación a través de Cecoban, y ésta a su vez lo gestiona con la Cámara de Compensación Electrónica Nacional (CCEN), en la que se efectúa la recepción, validación, entrega y compensación de la información de los cheques en forma automática.
Concluidas esas acciones, se genera la apertura y cierre de posiciones. Una vez que se ha ajustado la compensación, se calcularán las sumas de dinero que se deberán solicitar, recibir y entregar. Los montos netos de los cheques recibidos se liquidarán a través del Sistema de atención a cuentahabientes de Banxico (SIAC) en las primeras horas (9:00 am a 10:00 am) del día hábil siguiente.
De tal manera, cuando un cuentahabiente recibe o hace un depósito de un cheque certificado a cargo de una institución diversa a la de su cuenta, este título se recibe salvo buen cobro, es decir, que el monto del pago se reflejará en el numerario del usuario hasta que se haya verificado la compensación y liquidación.
Con esta premisa, si se deposita un cheque certificado robado o cuya certificación ha sido falsificada, proveniente de una institución financiera distinta a la receptora, esta última aceptará el depósito salvo buen cobro, y emitirá un comprobante que acredite que el abono está en tránsito. Así, el hecho de que el cheque o la certificación sean falsos, saltará a la vista hasta el momento en que hubiese transcurrido la compensación y liquidación del documento, que podrá tardar hasta dos días hábiles.
De tal manera, las instituciones bancarias han ido evitando su responsabilidad, escudándose en el uso indiscriminado de la leyenda de salvo buen cobro, bajo la cual aceptan el depósito de cheques provenientes de un banco distinto, sin embargo, esta situación no es razón suficiente para que no se busquen implementar medidas de seguridad más rigurosas que permitan detectar la falsedad en el momento en que se pretenda abonar a la cuenta.
Por otro lado, los usuarios de los servicios financieros deben tomar en cuenta, al celebrar operaciones con cheques certificados, el tiempo que se toma la cámara de compensación para realizar el abono efectivo del dinero, evitando así ser víctimas de este tipo de fraude. En ese sentido, si la banca fortalece las medidas de seguridad y los cuentahabientes tienen claro el funcionamiento de las mismas, se proveerá de una mejor cultura financiera.