En cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación, el 28 de junio la SHCP entregó el Presupuesto de Gastos Fiscales 2013 al Congreso de la Unión.
El Presupuesto de Gastos Fiscales presenta los montos que el erario federal deja de recaudar por conceptos de tasas diferenciadas, exenciones, deducciones, tratamientos y regímenes especiales, condonaciones, subsidios y créditos fiscales, facilidades administrativas y estímulos fiscales en los distintos impuestos federales. Los montos estimados corresponden a los ejercicios fiscales de 2013 y 2014.
Las estimaciones para el ejercicio fiscal de 2014 no incorporan ningún efecto derivado de la Reforma Hacendaria que será propuesta por el Presidente Peña Nieto, es decir, se realizaron considerando las disposiciones fiscales vigentes.
El Presupuesto de Gastos Fiscales 2013 incorpora mejoras metodológicas sustantivas que permiten conocer con mayor precisión los gastos fiscales en nuestro país. Destacan las siguientes:
- Se reconoce que como el IETU es un impuesto mínimo de control, no puede dar lugar a gastos fiscales adicionales. Inclusive, el IETU reduce los gastos fiscales del ISR. Ello implica que una estimación mas precisa de los gastos fiscales del ISR requiere sustraer la recaudación del IETU de esos gastos fiscales. Solo sería válido considerar gastos fiscales del IETU en el caso de que fuera un impuesto independiente y adicional.
- Por primera vez, la estimación de los gastos fiscales asociados a diversos rubros se realizó utilizando directamente información de naturaleza fiscal, en lugar de fuentes secundarias de información, debido a que ahora ya se cuenta con información fiscal directa sobre distintos rubros. Tal es el caso de los gastos fiscales asociados a las deducciones por colegiaturas, por el programa de estimulo al primer empleo, por los salarios pagados a trabajadores de 65 años o más y a trabajadores con capacidades diferentes, a las exenciones de los ingresos por derechos de autor o de las personas físicas que laboran en el sector primario, entre otros.
En cuanto al gasto fiscal asociado al IESPS a gasolinas y diesel, su evolución esperada obedece esencialmente a la evolución de los precios internacionales de los combustibles que están implícitos en contratos de futuros así como a las previsiones sobre la trayectoria del tipo de cambio que se emplean en su estimación.
Dentro de los conceptos que presentan mayor impacto, se observan los siguientes:
Estimación para 2013 (mdp) | Estimación para 2014 (mdp) | |
Deducción de automóviles hasta por $175,000 | 11,342 | 11,798 |
Donativos no onerosos ni remunerativos otorgados a donatarias autorizadas | 1,926 | 2,002 |
Cuotas obreras pagadas por los patrones al IMSS | 1,191 | 1,244 |
Ingresos exentos por intereses que perciben las Entidades Federativas, Municipios, partidos políticos, organismos descentralizados y donatarias | 17,955 | 18,736 |
Exención parcial del ISR para maquiladoras al estimar la utilidad fiscal como el 3% del valor total de los activos o del monto total de los costos y gastos de operación y reducción de la base al excluir los inventarios | 3,460 | 3,600 |
Deducción inmediata de inversiones de activos fijos | 27,179 | 28,272 |
Régimen de consolidación fiscal | 9,554 | 9,942 |
Deducción por aportaciones a los fondos de pensiones y jubilaciones | 6,979 | 7,264 |
Deducción inmediata de inversiones de activo fijo (sector autotransporte) | 3,554 | 3,718 |
Deducción inmediata de inversiones de activo fijo (contribuyentes sector primario) | 2,242 | 2,413 |
Deducción de inversiones en el régimen intermedio | 399 | 429 |
Facilidades administrativas (deducción sin comprobantes. Beneficio para contribuyentes del sector primario y de autotransporte) | 12,788 | 13,569 |
Subsidio para el empleo | 40,526 | 43,622 |
Deducciones personales | 13,186 | 13,729 |
Ingresos exentos de asalariados (incluye pensiones y jubilaciones) | 114,745 | 120,452 |
Ingresos exentos por intereses que perciben las SIEFORES | 16,660 | 17,335 |
Enajenación de casa habitación | 12,788 | 13,300 |
Ingresos exentos (personas físicas sector primario) | 2,823 | 3,057 |
Ingresos exentos de IVA (Servicios de enseñanza) | 22,670 | 24,402 |
Ingresos exentos de IVA (venta, renta y pago de intereses de créditos hipotecarios de vivienda) | 17,156 | 18,467 |
Tasa 0% IVA en Alimentos | 159,021 | 171,170 |
Tasa 0% IVA en Medicinas | 13,785 | 14,838 |
Tasa 0% IVA en Servicio o suministro de agua potable para uso doméstico | 8,503 | 9,153 |
Tasa de 11% de IVA en región fronteriza | 15,927 | 17,144 |
Exención del pago del IEPS en telecomunicaciones | 3,156 | 3,397 |
Subtotal | 539,515 | 573,053 |