Pagos por despido injustificado

Te ofrecemos una guía para que calcules el finiquito y los pagos por retiro a efectuar en estos casos, así como el ISR a retener al trabajador

El tiempo prolongado que les lleva a los trabajadores llegar al centro laboral incide en su productividad
 El tiempo prolongado que les lleva a los trabajadores llegar al centro laboral incide en su productividad  (Foto: Redacción)

En aquellos casos en que la empresa decide dar por terminada la relación laboral, debe cubrir además del finiquito, las indemnizaciones contempladas en la Ley Federal del Trabajo. 

A efectos de conocer el procedimiento de cada una de las prestaciones a cubrir, se presenta el siguiente caso: 

La empresa “Reciclamex, S.A.” realizó un recorte de personal y despidió a la señora Sandra Moreno Torres, quien demandó ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la reinstalación en sus labores. Al no haber sido reinstalada, la empresa cubrió el finiquito y la indemnización bajo el procedimiento siguiente: 

Ubicación del centro de trabajo Distrito Federal
Zona geográfica del centro laboral “A”
Salario mínimo general del área “A” $64.76
Fecha de ingreso 7 de junio de 2009
Fecha de despido 20 de junio de 2013
Tiempo laborado 4 años, 14 días
Salario mensual $33,000.00
Salario cuota diaria $1,100.00
Días de aguinaldo 25
Días de vacaciones según contrato de trabajo por los primeros cuatro años pendientes de disfrutar 15
Días de vacaciones según contrato de trabajo a partir del quinto año 17
Prima vacacional 30%
Salarios devengados y no pagados (del 16 al 20 de junio) $5,500.00

El finiquito comprenderá los ingresos proporcionales pendientes de pago, como son aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, a los que se les aplicarán las exenciones del ISR aplicables.

Parte proporcional de aguinaldo a la fecha de la baja

   Concepto  Importe 
  Cuota diaria $1,100.00
Por: Días de aguinaldo 25
Igual: Importe de aguinaldo anual 27,500.00
Entre: Días del año 365
Igual: Proporción diaria de aguinaldo 75.34
Por: Días laborados en 2013 (del 1o de enero al 20 de junio) 171
Igual: Parte proporcional de aguinaldo a la fecha de la baja $12,883.14

Aguinaldo gravado

  Concepto Importe
  Parte proporcional de aguinaldo a la fecha de la baja $12,883.14
Menos: Aguinaldo exento 1,942.80
Igual: Aguinaldo gravado $10,940.34

Días de vacaciones pendientes de disfrutar

  Concepto Importe
  Días de vacaciones al año 17
Entre: Días del ejercicio 365
Igual: Proporción diaria 0.0466
Por: Días laborados 14
Igual: Días proporcionales en el ejercicio de la separación 0.6524
Más: Días pendientes de disfrutar 15
Igual: Días de vacaciones pendientes de disfrutar 15.6524

Total a pagar por vacaciones no disfrutadas

  Concepto Importe
  Días de vacaciones pendientes de disfrutar 15.6524
Por: Cuota diaria $1,100.00
Igual: Total a pagar por vacaciones no disfrutadas $17,217.64

Parte proporcional de prima vacacional a la fecha del despido

  Concepto Importe
  Total a pagar por vacaciones no disfrutadas $17,217.64
Por: Porcentaje de prima vacacional pactada 30%
Igual: Parte proporcional de prima vacacional a la fecha del despido $5,165.29

Prima vacacional gravada

  Concepto Importe
  Parte proporcional de prima vacacional a la fecha del despido $5,165.29
Menos: Prima vacacional exenta 971.40
Igual: Prima vacacional gravada $4,193.89

Monto total a pagar por prestaciones devengadas a la fecha del despido

  Concepto Importe
  Parte proporcional de aguinaldo $12,883.14
Más: Parte proporcional de vacaciones 17,217.64
Más: Parte proporcional de prima vacacional 5,165.29
Igual:  Monto total a pagar por prestaciones devengadas a la fecha del despido (finiquito) $35,266.07 

Ingresos gravados de junio de 2013

  Concepto Importe
   Monto total a pagar por prestaciones devengadas por el trabajador a la fecha del despido $35,266.07 
Menos: Aguinaldo exento 1,942.80
Menos: Prima vacacional exenta 971.40
Igual: Prestaciones gravables proporcionales 32,351.87
Más: Salarios devengados no cobrados (del 16 al 20 de junio) 5,500.00
Más: Salarios pagados en la primera quincena de junio de 2013 16,500.00
Igual: Ingresos gravados de junio de 2013 $54,351.87

A los ingresos por el finiquito se adicionarán los salarios de la primera quincena del mes y los devengados y no pagados a la fecha del despido y al total se aplicará la tarifa mensual del ISR y del subsidio al empleo para determinar el ISR a cargo por estos ingresos. Al impuesto determinado se le disminuirá el retenido en la primera quincena del mes.

ISR de aplicar la tarifa mensual del artículo 113 de la LISR

  Concepto Importe
  Base gravable $54,351.87
Menos: Límite inferior 32,736.84
Igual: Excedente del límite inferior 21,615.03
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 30.00%
Igual: ISR marginal 6,484.51
Más: Cuota fija 6,141.95
Igual: ISR de aplicar la tarifa mensual del artículo 113 de la LISR $12,626.46

ISR retenido en la primera quincena

  Concepto Importe
  Base gravable $16,500.00
Menos: Límite inferior 16,153.06
Igual: Excedente del límite inferior 346.94
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 30.00%
Igual: ISR marginal 104.08
Más: Cuota fija 3,030.60
Igual: ISR retenido en la primera quincena $3,134.68

ISR a retener por finiquito

  Concepto Importe
  ISR conforme a la tarifa mensual del artículo 113 de la LISR $12,626.46
Menos: Subsidio para el empleo 0.00
Menos: ISR retenido en la primera quincena 3,134.68
Igual: ISR a retener por finiquito $9,491.78

Neto a pagar por finiquito

  Concepto Importe
  Monto total a pagar por prestaciones devengadas a la fecha del despido $35,266.07 
Más: Salarios devengados y no pagados 5,500.00
Menos: ISR a retener 9,491.78
Igual: Neto a pagar por finiquito $31,274.29

La baja del trabajador fue por un despido, por lo tanto procederá el pago de la prima de antigüedad proporcional al tiempo laborado.

Monto de prima de antigüedad a pagar por años completos de servicios

  Concepto Importe
  SMG $64.76
Por: Dos 2
Igual: Base para el pago de la prima de antigüedad 129.52
Por: Años completos de servicio 4
Igual: Resultado 518.08
Por: Días a pagar por prima de antigüedad 12
Igual:  Monto de prima de antigüedad a pagar por años completos de servicios $6,216.96 

Parte proporcional de prima de antigüedad a pagar por el año de la separación

  Concepto Importe
  Días a pagar por prima de antigüedad 12
Entre: Días del ejercicio 365
Igual: Parte proporcional diaria por prima de antigüedad 0.0329
Por: Días laborados 14
Igual: Resultado 0.46
Por: Base para el pago de la prima de antigüedad $129.52
Igual:  Parte proporcional de prima de antigüedad a pagar por el año de la separación $59.58 

Importe total de la prima de antigüedad

  Concepto Importe
  Monto de prima de antigüedad a pagar por años completos de servicios $6,216.96
Más:  Parte proporcional de prima de antigüedad a pagar por el año de la separación $59.58 
Igual: Importe total de la prima de antigüedad $6,276.54

Para calcular la indemnización de los tres meses de salario, así como la relativa a los 20 días por año, deberá determinarse el salario diario integrado, considerando en este caso el aguinaldo y la prima vacacional.

Proporción diaria de aguinaldo

  Concepto Importe
  Importe del aguinaldo anual $27,500.00
Entre: Días del año 365
Igual: Proporción diaria de aguinaldo $75.34

Proporción diaria de prima vacacional

  Concepto Importe
  Días de vacaciones a que tiene derecho el trabajador 17
Por: Cuota diaria $1,100.00
Igual: Importe de vacaciones 18,700.00
Por: Porcentaje de prima vacacional pactada 30%
Igual: Importe de prima vacacional 5,610.00
Entre: Días del año 365
Igual: Proporción diaria de prima vacacional $15.37

Salario base de indemnizaciones

  Concepto Importe
  Cuota diaria (1) $1,100.00
Más: Proporción diaria de aguinaldo 75.34
Más: Proporción diaria de prima vacacional 15.37
Igual: Salario base de indemnizaciones $1,190.71

Nota: (1) El criterio de IDC, es que no se debe considerar la previsión social para determinar el salario base para la indemnización en términos del artículo 84 de la LFT, toda vez que estas prestaciones no tienen el carácter de remunerativas

La empresa paga la indemnización de los 20 días por año en cumplimiento del laudo emitido por la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Indemnización por negativa de reinstalación (20 días por año de servicios)

  Concepto Importe
  Salario base de indemnizaciones $1,190.71
Por: Días de salario por cada año de servicios 20
Igual: Indemnización por cada año de servicios 23,814.20
Por: Años completos de servicios prestados 4
Igual:  Indemnización por negativa de reinstalación (20 días por año de servicios) $95,256.80 

Indemnización constitucional (tres meses)

  Concepto Importe
  Salario base de indemnizaciones $1,190.71
Por: Días señalados en el artículo 50, fracción III de la LFT 90
Igual: Indemnización constitucional (tres meses) $107,163.90

Total de pagos por retiro

  Concepto Importe
  Importe total de la prima de antigüedad $6,276.54
Más:  Indemnización por negativa de reinstalación (20 días por año de servicios) 95,256.80 
Más: Indemnización constitucional (tres meses) 107,163.90
Igual: Total de pagos por retiro $208,697.24

A la prima de antigüedad y las indemnizaciones correspondientes, se les aplicará la exención del ISR (art. 109, fracc. X, LISR).

Ingresos exentos por retiro

  Concepto Importe
  SMG $64.76
Por: Días de exención 90
Igual: Resultado 5,828.40
Por: Años completos de servicio 4
Igual: Ingresos exentos por retiro $23,313.60

Pagos por retiro gravados

  Concepto Importe
  Total de pagos por retiro $208,697.24
Menos: Ingresos exentos por retiro 23,313.60
Igual: Pagos por retiro gravados $185,383.64

La retención del ISR sobre los pagos por retiro se determinará aplicando la tasa que resulte de dividir el ISR del al último sueldo mensual ordinario entre éste último, como sigue (art. 113, antepenúltimo párrafo, LISR):

ISR correspondiente al último sueldo mensual ordinario

  Concepto Importe
  Último sueldo mensual ordinario $33,000.00
Menos: Límite inferior 32,736.84
Igual: Excedente del límite inferior 263.16
Por: Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 30.00%
Igual: ISR marginal 78.95
Más: Cuota fija 6,141.95
Igual: ISR correspondiente al último sueldo mensual ordinario $6,220.90

Tasa de retención para la indemnización

  Concepto Importe
  ISR correspondiente al último sueldo mensual ordinario $6,220.90
Entre: Último sueldo mensual ordinario $33,000.00
Igual: Cociente 0.1885
Por: Cien 100
Igual: Tasa de retención para la indemnización 18.85%

ISR a retener por la indemnización

  Concepto Importe
Igual: Pagos por retiro gravados $185,383.64
Por: Tasa de retención para la indemnización 18.85%
Igual: ISR a retener por la indemnización $34,944.82

Total a pagar 

  Concepto Importe
  Prestaciones devengadas a la fecha del despido $35,266.07
Más: Salarios devengados y no pagados 5,500.00
Menos: ISR a retener por finiquito 9,491.78
Igual: Neto a pagar por finiquito 31,274.29
  Indemnización 208,697.24
Menos: ISR a retener por la indemnización 34,944.82
Igual: Neto a pagar por indemnización 173,752.42
  Total a pagar   $205,026.71