Profeco detecta engaños por reforma fiscal

La multas por proporcionar información falsa o inexacta superan los 3.5 millones de pesos

Proponen Buró de Proveedores
 Proponen Buró de Proveedores  (Foto: Redacción)

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) identificó establecimientos comerciales que exhibían carteles con información incorrecta sobre aumentos injustificados, con pretexto de la entrada en vigor de la reforma hacendaria en este 2014.

"Ante esta situación, la medida inmediata que la Procuraduría Federal del Consumidor realizó fue un requerimiento para que todos los establecimientos comerciales eliminen a la brevedad este tipo de carteles, que más que orientar al público consumidor lo confunden al contar con información falsa o errónea", dijo el titular de la dependencia, Alfredo Castillo Cervantes, citado en un comunicado.

La procuraduría advirtió que no tolerará el aumento de precios con el pretexto de la reforma hacendaria, salvo en los casos que efectivamente se trate de la aplicación de un impuesto, ni que se manipule la información en perjuicio de los consumidores.

"En caso de querer informar a los consumidores los ajustes en los precios, no se deberán utilizar frases genéricas, omitir información y generalizar los aumentos, dado que este tipo de frases resultan engañosas y serán sancionadas con multas de hasta 3.6 millones de pesos", advirtió la dependencia.

Dentro de las imprecisiones y falsedades que están incluyendo los establecimientos comerciales en los carteles mencionados, según Profeco, se encuentran las siguientes:

El primero de enero se actualizarán los precios de los productos con el nuevo impuesto, y que ello aplica a toda la tienda (electrónica, hogar, papelería, ferretería, etc).

Sin embargo, la Profeco recordó que la reforma fiscal no afecta los precios de todos los productos. Los ajustes en el IVA, el IEPS de bebidas saborizadas y el de alimentos con alto contenido calórico son ajustes focalizados que no aplican a todos los productos, explicó el comunicado.

Además se ha omitido señalar que existe una serie de bienes básicos con alto contenido calórico que están exentos del gravamen. La procuraduría explica que no hay cambios con respecto a lo observado en 2013 en el IEPS de cervezas, ni de bebidas con más de 14 grados de alcohol.

El nuevo IEPS para alimentos con alto contenido calórico no aplica de forma generalizada a todos los abarrotes comestibles, incluso algunos alimentos con alto contenido calórico están exentos del impuesto, insistió.

La aplicación del impuesto se aplica solamente si las bebidas se encuentran saborizadas con azúcar. Las presentaciones con otros saborizantes, y en particular las bebidas de dieta, no se encuentran afectadas; la leche no se encuentra gravada, dijo la Profeco.

Otras aclaraciones

La categoría de higiene y hogar no estará gravada por ningún impuesto adicional. Sólo se estableció un IEPS a los plaguicidas que depende de la toxicidad del mismo, explica.

Chicles. Se menciona que aplicará una tasa de 16% de IVA más el IEPS de 8% por alto contenido calórico. La información es inexacta, dado que no se aplicará el IEPS de alto contenido calórico.

Plaguicidas. Se mencionan tasas del IEPS de 6, 7 o 9%. Se omite señalar que en el 2014 las tasas serán la mitad de lo mencionado (3, 3.5 o 4.5%) y los plaguicidas de menor toxicidad no tendrán impuesto, corrigió la dependencia.

A estas impresiones se suman frases genéricas que confunden al usuario del  servicio de transporte público de personas. En particular, los servicios de transporte prestados en áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas continúan exentos del pago del IVA de 16%.

Con información de CNN México