SAT actualiza lista de contribuyentes incumplidos

La autoridad asegura que se han eliminado de ese registro los causantes que ya aclararon su situación fiscal

Excesos al inmovilizar cuentas bancarias de contribuyentes: Prodecon
 Excesos al inmovilizar cuentas bancarias de contribuyentes: Prodecon  (Foto: Redacción)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó este jueves la lista de contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones fiscales, eliminando a aquellos que en las últimas dos semanas ya regularizaron su situación, y añadiendo a otros que aún no solventan sus adeudos.

En entrevista telefónica con una estación de radio, Aristóteles Núñez, titular del SAT, aclaró que quienes aparecen en el registro de contribuyentes incumplidos se encuentran aquellos que no han podido ser localizados, los causantes que tienen créditos fiscales firmes, y las personas o empresas cuyas obligaciones son exigibles, a pesar de que están recurriendo en tribunales las disposiciones de la autoridad.

En el primer caso, los no localizados, el SAT ya hizo una depuración de la primera lista publicada en su página de Internet. En cuanto a los contribuyentes que tienen créditos fiscales firmes, Núñez explicó que se trata de aquellos a los que la autoridad les notificó sus adeudos, les realizó auditorías, y estos acudieron a los tribunales para combatir la medida, pero el fallo no les favoreció.

En el tercer caso se trata de personas físicas o morales que se encuentran recurriendo en juicios las determinaciones del SAT, pero que no han garantizado, mediante una fianza, el adeudo combatido, tal y como lo señala la ley.

El titular del SAT reiteró que la lista de morosos se actualizará cada 15 días, por lo que los contribuyentes que estén inconformes con la publicación de sus datos podrán presentar una aclaración o bien generar su línea de captura para pagar los adeudos respectivos.

Por otro lado, en la página de Internet del SAT se publicó el Proyecto de primera resolución de modificaciones a la miscelánea fiscal para 2014, en el que se aclara que esa dependencia “únicamente publicará a los contribuyentes que además de estar no localizados, presenten incumplimiento sistemático de sus obligaciones fiscales”, en términos del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

Esta medida aún no es oficial pues para ello se requiere que esas modificaciones a la miscelánea fiscal se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

A su vez, en un comunicado, el Servicio de Administración Tributaria aclaró que la empresa Edicomunicaciones México, S.A. de C.V. es un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para el timbrado de factura electrónica, consorcio que no debe confundirse con Edicom Edificaciones, ingeniería, construcciones y materiales S.A. de C.V., empresa notificada por el SAT como presunta simuladora de operaciones.

En torno a este tema, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) estima que el SAT no debe dar a conocer la lista de contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales, debido a que esto viola los derechos fundamentales de los pagadores de impuestos.

Este registro, de acuerdo con Prodecon, es un acto de molestia que debería constar en una resolución escrita en la que debe aparecer el fundamento legal preciso con el que se determina el adeudo del contribuyente.